Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Mediante la presente, las Instituciones de Intermediación Financiera públicas y privadas de todo el territorio nacional que operen con cajeros automáticos, registradas y habilitadas ante esta Dirección, deberán declarar las modificaciones que se realicen en aquellos sistemas oportunamente registrados y declarados.
Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
Habilitación de empresas DIGEFE.
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Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
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Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.)