Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria, la modificación del domicilio fiscal de un contribuyente.
Los requisitos del trámite difieren según la forma de presentación.
Plazo:
Constancia del trámite:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite puede iniciarse:
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Notas:
En Montevideo:
El formulario deberá estar correctamente legible y no podrá contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
Constancia de domicilio fiscal:
Esta documentación podrá ser sustituida por una certificación notarial, y dos copias, que contenga:
Aclaraciones:
En interior
En línea desde la web de BPS
Desde servicios en línea DGI
En Montevideo: