Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Trámite que permite efectuar el pago total de sanciones y las cuotas de convenios de pago ya existentes. La empresa podrá beneficiarse con el descuento del 20% (veinte por ciento) si se abona la contravención al contado dentro de los 10 (diez) días hábiles de tasada la misma.
Identificacion de la sancion que se desea abonar, pudiendo ser una boleta de contravencion o un convenio previamente generado.
Se podra identificar la sancion que se desea abonar brindado la matricula/registro en la D.N.T del vehiculo o empresa imputada asi como su valor y fecha de realizada.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Carta Poder.
Agenda previa.
En caso de abonar una o más contravenciones:
Previamente a ello, el usuario deberá verificar el estado en que se encuentra/n y de ser "MANDADO A CONTENCIOSO", deberá comunicarse con el Dpto. de Contencioso y Sumarios para gestionar la constancia de pago de gastos judiciales o la constancia de que no se generaron dichos gastos, para ser presentada en la oficina de FISCALIZACION Y GESTION DE CONTRAVENCIONES, a efectos de clausurar el procedimiento administrativo iniciado y solicitar el levantamiento de embargo si correspondiere.
Numero de contravención
Empresa registrada en la Direccion Nacional de Transporte
En Montevideo:
En el Interior: en Regionales