Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Trámite que permite efectuar el pago total de sanciones y las cuotas de convenios de pago ya existentes. La empresa podrá beneficiarse con el descuento del 20% (veinte por ciento) si se abona la contravención al contado dentro de los 10 (diez) días hábiles de tasada la misma.
Identificacion de la sancion que se desea abonar, pudiendo ser una boleta de contravencion o un convenio previamente generado.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Carta poder.
Agenda previa.
En caso de abonar una o más contravenciones:
En caso de desear abonar la cuota de un convenio ya realizado:
Numero de contravención
Empresa registrada en la Direccion Nacional de Transporte
En Montevideo:
En el Interior: en Regionales