Última actualización: 07/08/2026
PAYSANDU - Intendencia

Permiso de construcción por regularización de construcciones - Paysandú

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Consiste en la autorización que otorga la Intendencia, para incorporar las construcciones existentes en un padrón, al registro de obras con Permiso de Construcción Municipal.

Requisitos

Otros datos de interés

  • Los planos deben ajustarse al Instructivo 1, disponible más abajo, en Enlaces de descarga.
  • La documentación estará firmada por técnico y propietario y con los timbres profesionales correspondientes, excepto los planos que se enviarán sin timbres y sin firmas.
  • Por concepto de regularización de obras sin permiso, se cobra multa por infracción a la ordenanza:
    • Para regularizaciones hasta 60m² se cobra 1 UR (una Unidad Reajustable).
    • Para regularizaciones mayores a 60 m² se cobra 3 UR (tres Unidades Reajustables).
    • Si se aprueba la regularización por las tolerancias establecidas en Decreto 7719/2018, se cobrará una multa por infracción leve de 50 UR (cincuenta Unidades Reajustables), e impuesto a la construcción inapropiada equivalente al 25 % del aforo de Catastro.
  • En cuanto a los derechos de construcción, se encuentran exoneradas de pago las construcciones anteriores al año 2003 inclusive. Las construcciones posteriores al año 2003 serán tasadas y liquidadas de acuerdo a lo establecido en el Decreto 8289/1976 y modificativos.
  • Las construcciones anteriores al año 1950, están exoneradas de pago de multa y derechos de construcción.
  • Los pagos se podrán efectuar en cajas de la Intendencia de Paysandú, únicamente por medio de tarjetas de débito o crédito, en Agencias ABITAB y Red Pagos, online ingresando a Pagos en línea (Debe solicitar código de pago a Unidad de Edificaciones).
  • Con la finalidad de ampliar información recomendamos consultar la Ordenanza de Construcción e Higiene de la Vivienda Decreto 8289/1976 y modificativos.
  • La solicitud de la cédula catastral se consultará directamente con el organismo.

Costos

  • Timbre profesional: uno por cada plano, memoria y contrato.
  • Trámite de construcción: Valor 85 UI (sesenta Unidades Indexadas).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    • Comprobante de pago.

      • Recibo de pago en Tesorería de la Intendencia de Paysandú.
    • Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Agendar turno: Reservar el día y la hora de atención de forma previa y obligatoria a través de la Agenda Web Unidad de Edificaciones.
    2. Confirmar asistencia: Al llegar a la Intendencia, confirmar la asistencia en el tótem ubicado en el hall principal.
      • Nota: Es indispensable realizar este paso en el tótem para poder ser atendido en la oficina.
    3. Abonar la tasa de ingreso: Realizar el pago de 85 UI correspondiente al concepto de ingreso de expediente de construcción.
    4. Retirar el librillo: Presentar el recibo de pago en la Tesorería de la Intendencia de Paysandú para retirar el librillo de construcción. Completar la página 1 con los datos solicitados, firmas y el timbre profesional correspondiente.
    5. Presentar la documentación (Carpeta 1): Concurrir a la ventanilla de Edificaciones y entregar la Carpeta 1. Esta debe incluir una portada con los datos del padrón, de la obra y del titular, además de toda la documentación detallada en la sección "Requisitos" y los planos en papel común (con firmas y timbre profesional).
    6. Control de formalidades y estudio: El personal controlará que la carpeta cumpla con los requisitos para iniciar el trámite. Luego, la documentación pasará a estudio técnico, análisis de Planeamiento Urbano e inspección en el lugar para verificar las construcciones.
    7. Notificación y pagos correspondientes: Una vez aprobado el estudio, la Unidad de Edificaciones notificará al interesado para efectuar el cobro de la multa por regularización y/o los derechos de construcción, según corresponda.
    8. Entregar duplicado (Carpeta 2): Presentar la Carpeta 2, la cual debe contener las copias de los documentos de la Carpeta 1 y los planos aprobados con las firmas del propietario y del técnico.
    9. Retirar el Permiso y la Habilitación: Una vez registrado el pago, se asignará el número de Permiso de Construcción y se expedirá el Certificado de Habilitación de Obra. Se entregará al técnico o al propietario la Carpeta 2 debidamente sellada junto con la habilitación final.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Intendencia Departamental de Paysandú.

    Unidad de Edificaciones.

    • Dirección: Zorrilla de San Martín Nro. 1199 esquina Sarandí (Palacio Municipal - Planta Alta).
    • Teléfono: 598 472 26220 interno 2110.
    • Celular: 096 127 851. Whatsapp  598 47227422
    • Atención al Público:
      • Horario de verano: de 07:00 a 12:00 horas.
      • Horario de invierno: de 12:00 a 17:00 horas.
      • CONSULTAS/TRAMITE/EXPEDIENTE EDIFICACIONES: De Lunes a Viernes de 12:00 a 17:00 horas.
      • CONSULTA CON TÉCNICO EDIFICACIONES: Martes y Miércoles de 13:30 a 17:00 horas.
  • Enlaces de descarga

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