Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la autorización que el beneficiario otorga ante escribano particular o ante la Asesoría notarial del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA) para ser representado a fin de realizar trámites en este servicio, Cofas, cantinas militares y préstamos ante el Brou.
Documento Nacional de Identidad
Aportar datos.
Poder
Se deberá presentar el poder vigente (dentro de los 90 días de realizado) de lo contrario se deberá certificar su vigencia para ser registrado en Asesoría notarial de este servicio.
Las personas que sufren alguna patología que no les permita estar conscientes de lo que firman, ejemplo: demencia senil, alzheimer, etc,no podrán conferir poder.
Poderes otorgados en el extranjero:
Por razones ajenas al SRPFFAA los trámites en línea se encuentran inhabilitados por el momento.
No tiene costo
En Montevideo: