Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Usted podrá ingresar el descargo a la contravención emitida a nombre de la empresa o evacuar la vista conferida, pudiendo ingresar el mismo hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles de haber sido notificado de la “Vista”.
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