Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el registro en el que deben encontrarse todas la personas físicas o jurídicas que quieran ser elegibles a efectos de realizar auditorías en el marco de los proyectos de participación público privada regulados por la Ley N° 18.786.
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