Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el registro como usuario de las mutualistas del interior del país contratadas por la Dirección Nacional de Sanidad Policial (DNSP) para la cobertura médica de Activos y Retirados que residen en el interior del país.
Tienen derecho a ser usuarios los funcionarios policiales en actividad o retiro que residen en el interior del país.
Características de la cobertura:
Nota: Los cambios entre mutualistas en el Interior, donde sea posible, o de Mutualistas al Hospital Policial y viceversa, para quienes residen en zonas limítrofes a Montevideo, sólo puede hacerse una vez al año. Si el cambio es motivado por traslados del funcionario en actividad, se hace las veces que resulte necesario.
Documento Nacional de Identidad
No tiene costo
Hospital Policial: