Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el reinicio de una sociedad de hecho contribuyente de Monotributo, que se encuentra en estado clausurado en BPS-DGI.
Por mayor información, podrá acceder: Monotributo
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
Constancia de Domicilio Fiscal
En caso de modificar el domicilio fiscal donde se desarrolla la actividad, declarado previo a la clausura, presentar:
Certificación Notarial.
Conteniendo:
Petición
En caso de Reinicios retroactivos:
Pago de multa de DGI
PLAZO:
CONSTANCIA DEL TRÁMITES:
Usuario BPS.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Domicilio Electrónico.
Agenda previa.
El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En Montevideo:
En interior:
En Montevideo: