Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Revocación:Quitar la autorización que el beneficiario hubiere otorgado ante escribano particular o ante la Asesoría Notarial del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA) para ser representado a fin de realizar trámites en este Servicio.
Renuncia:Voluntad del apoderado de no representar más al beneficiario.
No tiene costo
En caso de revocación, también podrá realizarse enviando un e-mail a: donde exprese su voluntad de revocar el/los poderes conferidos. En el mismo se deberá adjuntar documento de identidad escaneado y deberá estar firmado.
En Montevideo: