Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un documento que certifica el fallecimiento de una persona.
El Ministerio de Salud Pública (MSP) es el "guardián sanitario" de los Certificados de Defunción.
Particulares, empresas de seguros, Ministerio de Educación y Cultura (MEC) o empresas de servicios fúnebres pueden requerir una copia del Certificado de Defunción de una persona a efectos sucesorios, de reclamo de seguros y otras prestaciones por causa de defunción.
En la actualidad existen dos modelos de certificados de Defunción: uno impreso en papel y otro electrónico.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Contar con los medios electrónicos para adjuntar documentación escaneada en alguno de los formatos permitidos (pdf, jpeg, jpg, png, gif).
Para mas informacón podrá acceder al Manual - MA-13322-001 Manual para ciudadano Solicitud Certificado de Defunción
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