Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es un documento que certifica el fallecimiento de una persona.
El Ministerio de Salud Pública (MSP) es el "guardián sanitario" de los Certificados de Defunción.
Particulares, empresas de seguros, Ministerio de Educación y Cultura (MEC) o empresas de servicios fúnebres pueden requerir una copia del Certificado de Defunción de una persona a efectos sucesorios, de reclamo de seguros y otras prestaciones por causa de defunción.
En la actualidad existen dos modelos de certificados de Defunción: uno impreso en papel y otro electrónico.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Contar con los medios electrónicos para adjuntar documentación escaneada en alguno de los formatos permitidos (pdf, jpeg, jpg, png, gif).
Para mas informacón podrá acceder al Manual - MA-13322-001 Manual para ciudadano Solicitud Certificado de Defunción
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