Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Cuando el padrón se encuentre exonerado y ya no corresponda esa exoneración.
Podrá presentarlo todo aquel titular de un inmueble urbano, suburbano o rural sin explotación agropecuaria, a efectos de solicitar el Cese de la exoneración del pago del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria.
Formulario 5808 - DGI.
Certificado Notarial.
Domicilio Electrónico.
Nota: La solicitud será firmada por quien realiza la gestión.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Agenda previa.
En Montevideo:
En el interior del país: