Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la solicitud de los accionistas de una sociedad anónima, que deben representar el 20% del capital integrado, para que la Auditoría Interna de la Nación convoque a una Asamblea, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Artículo 344 de la Ley 16.060.