Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la solicitud de aprobación de transformación de régimen jurídico de cualquier tipo de sociedad regularmente constituída a una Sociedad Anónima.
Las sociedades que resuelvan adoptar el régimen de Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) mediante la transformación de su contrato social, además de cumplir con los requisitos generales mencionados, deberán cumplir con los siguientes:
Sociedades Anónimas Deportivas
La transformación de clubes deportivos constituidos como asociación civil en Sociedad Anónima Deportiva, además de los requisitos, normas legales, reglamentarias y Estatutarias, deberá guardar las siguientes formalidades:
Ser aprobado por asamblea de socios del club deportivo constituido como asociación civil la cual deberá:
Ley N° 20.212 de fecha 06/11/2023 artículo 94, por el cual se agrega a la ley Nº17.292 de 25 de enero de 2001 el artículo 78.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
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