Comisión Departamental de Lucha contra la Violencia Doméstica Oficina Territorial del Mides - Flores.

Creación: 30/11/2017
Última actualización: 17/04/2024
personas reunidas

Descripción

La Ley 17.514 habilita a que el Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica pueda crear Comisiones Departamentales o regionales, reglamentando su integración y funcionamiento. Es un espacio interinstitucional que tiene la misma integración que el Consejo Central, y la coordinación del mismo se define por consenso entre las instituciones del Estado y la sociedad civil que la integran.

Institución y área responsable.

  • Ministerio de Desarrollo Social

Contacto

Dirección:
Luis A. De Herrera 324, Flores, Uruguay.
Sitio web:
/catalogo-participacion-ciudadana/
Correo electrónico:
contacto@agesic.gub.uy
Teléfono:
43646369

Información adicional

  • Tiempo de funcionamiento:

    5 o más años

  • Referencia Normativa:

    • Ley 17.513, 186/2005 del Ministerio de Desarrollo Social.
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Nacional

  • Promotor:

    • Entes Autónomos
  • Tipo de ámbito:

    Comisión/Subcomisión/Comité Asesor

  • Objetivos generales:

    • Evaluar
    • Proponer
  • Descripción de los objetivos:

    • - Asesorar al Intendente Departamental en materia de su competencia. - Difundir el Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica, adaptándolo y desarrollándolo localmente. -Promover la coord.
  • Alcance territorial:

    Departamental

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Asesoramiento
  • Frecuencia según marco normativo:

    Mensual

  • Regularidad efectiva:

    • Mensual
  • Quienes pueden participar:

    • Organismos Públicos
    • Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    Funcionarias/os del Estado con designación formal de sus organismos: Intendencia Departamental, Poder Judicial Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio del Interior, Ministerio de Salud Pública, Instituto Nacional del Niño/a y el Adolescente del Uruguay, Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales (ANONG) a través de la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual. Otro: Instituciones en calidad de invitadas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Ministerio de Defensa Nacional (MDN), Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE), Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), Banco de Previsión Social (BPS), Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH).

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Cualquiera
  • Método toma de decisiones:

    Por consenso

  • Carácter vinculante:

    Si

  • Medios de convocatoria:

    • Correo electrónico
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Actas/Registros
  • Acceso público a la documentación:

  • Presupuesto asignado:

    No cuenta con presupuesto

  • Tiene etapas:

    No

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