Comisión Nacional Asesora de Áreas Protegidas

Creación: 04/12/2017
Última actualización: 24/05/2024
Paisaje áreas protegidas

Descripción

La Comisión Nacional Asesora de Áreas Protegidas (CNA) tiene iniciativa y asesora al Ministerio de Ambiente (y por su intermedio al Poder Ejecutivo) en todo lo relativo a la política de áreas naturales protegidas a nivel nacional, así como en la aplicación y cumplimiento de la Ley 17.234.

Institución y área responsable

Ministerio de Ambiente - Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos

Contacto

Dirección:
Juncal 1385 - Montevideo, Montevideo, Uruguay
Sitio web:
https://www.gub.uy/ministerio-ambiente/areas-protegidas
Correo electrónico:
Teléfono:
29173380 int 6500

Información adicional

Conformación

  • Tiempo de funcionamiento:

    5 o más años

  • Referencia Normativa:

    • Ley Número: 17.234
    • Decreto Número: 52/005
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Nacional

  • Promotor:

    Entes Autónomos

Naturaleza

  • Tipo de ámbito:

    Comisión/Subcomisión/Comité Asesor

  • Objetivos generales:

    • Informar
    • Proponer
  • Descripción de los objetivos:

    • Asesorar al Ministerio de Ambiente en todo lo relativo a la política de áreas naturales protegidas a nivel nacional, así como en la aplicación y cumplimiento de la Ley 17.234
  • Alcance territorial:

    Nacional

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Asesoramiento

Gestión

  • Quienes pueden participar:

    • Academia
    • Organismos Públicos
    • Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
    • Organizaciones de la sociedad civil con presencia/trabajo territorial
  • Regularidad efectiva:

    • A pedido de los interesados
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    La CNA está integrada por delegados de: el Ministerio de Ambiente (que la preside); el Ministerio del Interior; el Ministerio de Defensa Nacional; el Ministerio de Educación y Cultura; el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca; el Ministerio de Turismo; el Congreso de Intendentes; la Universidad de la República; la Administración Nacional de Educación Pública; los productores rurales; de las organizaciones no gubernamentales ambientalistas y gremial de guardaparques.

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Cualquiera
  • Método toma de decisiones:

    Por votación

  • Carácter vinculante:

    No

  • Medios de convocatoria:

    • Anuncio en portal web
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Actas/Registros
    • Informe/reporte
  • Acceso público a la documentación:

  • Presupuesto asignado:

    No cuenta con presupuesto

Etapas

  • Tiene etapas:

    No

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