Consejo Asesor Honorario Departamental de Montevideo

Descripción
Los Consejos Asesores Honorarios Departamentales son organismos pertenecientes a la Junta Nacional de Salud que se integran con representantes de los prestadores que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud, sus trabajadores y sus usuarios. Estos Consejos tienen funciones de asesoramiento, proposición y evaluación en sus respectivas jurisdicciones, pero sus informes y propuestas no tendrán carácter vinculante.
Institución y área responsable
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de Coordinación
Contacto
- Dirección:
- 18 de julio 1892, Ministerio de Salud Publica - Montevideo, Montevideo, Uruguay
- Sitio web:
- https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/direcciones-departamentales-salud/direcciones-departamentales-salud-8
- Correo electrónico:
- Teléfono:
- 1934 int 6271
Información adicional
Conformación
Tiempo de funcionamiento:
1 a 3 años
Referencia Normativa:
- Ley N° 18211 Art 27, Decreto N° 315/020
Nivel de gobierno de la institución que coordina:
Departamental
Promotor:
Poder Ejecutivo
Naturaleza
Tipo de ámbito:
Consejo (Consultativo, Vecinal, Social, de Ministros Abierto, entre otros)
Objetivos generales:
- Asesorar
- Evaluar
- Informar
Descripción de los objetivos:
- Asesorar a la DDS y la JUNASA, formular propuestas y contribuir a evaluar los resultados del Seguro Nacional de Salud. Promover la observancia del los principios rectores y objetivos del SNIS.
Alcance territorial:
Departamental
Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:
- Asesoramiento
- Evaluación de los resultados
- Identificación y definición del problema
Gestión
Frecuencia según marco normativo:
Según calendario preestablecido
Quienes pueden participar:
- Organismos Públicos
- Organizaciones de la sociedad civil con presencia/trabajo territorial
- Organizaciones de la sociedad civil registradas/habilitadas por una dependencia pública
- Sector Privado
Regularidad efectiva:
- Mensual
Características de quienes pueden participar en el ámbito:
Director Departamental de Salud como representante del Ministerio de Salud Pública, el que lo presidirá. - Representante del Banco de Previsión Social. - Representante del prestador público integral, Administración de Servicios de Salud del Estado. - Representante de los prestadores privados integrales de salud que tengan sede principal o secundaria en el departamento. - Representante de los trabajadores de los prestadores que integran el Seguro Nacional de salud. - Representante de los usuarios de las instituciones que conforman el Seguro Nacional de Salud. - Representante de la Intendencia Departamental, con voz pero sin voto
Quien está facultado a convocarlo:
- Organismo Público
Método toma de decisiones:
Por votación
Carácter vinculante:
No
Medios de convocatoria:
- Correo electrónico
Formas de expresar y transmitir decisiones:
- Actas
Acceso público a la documentación:
Sí
Espacio de consulta de documentos:
https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/rendiciones-cuentas-junasa-2
Presupuesto asignado:
No cuenta con presupuesto
Quién aporta qué recursos:
Recursos Humanos: Gobierno Nacional
Espacio Físico: Gobierno Nacional
Logística y equipamiento: Gobierno Nacional
Gastos Operativos: Gobierno Nacional
Etapas
Tiene etapas:
No
Etiquetas
Próximas actividades
No hay actividades próximas