Consejo Consultivo de Pesca.

Descripción
Órgano asesor del Poder Ejecutivo en todas las materias relacionadas con la pesca. El Consejo forma un ámbito de intercambio participativo de ideas y propuestas, sin que las mismas tengan carácter vinculante para la Administración.
Institución y área responsable
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección Nacional de Recursos Acuáticos
Contacto
- Dirección:
- Constituyente 1497 - Montevideo, Montevideo, Uruguay
- Sitio web:
- /catalogo-participacion-ciudadana/
- Correo electrónico:
- Teléfono:
Información adicional
Conformación
Tiempo de funcionamiento:
5 o más años
Referencia Normativa:
- Ley 19.175
Nivel de gobierno de la institución que coordina:
Nacional
Promotor:
Entes Autónomos
Naturaleza
Tipo de ámbito:
Consejo (Consultativo, Vecinal, Social, de Ministros Abierto, entre otros)
Objetivos generales:
- Proponer
Descripción de los objetivos:
- Asesorar al Poder Ejecutivo en todas las materias relacionadas con la pesca.
- Facilitar un ámbito de intercambio participativo de ideas y propuestas, sin que las mismas tengan carácter vinculante para la Administración.
Alcance territorial:
Nacional
Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:
- Asesoramiento
Gestión
Frecuencia según marco normativo:
A pedido de los interesados
Quienes pueden participar:
- Academia
- Organismos Públicos
- Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
Regularidad efectiva:
- A pedido de los interesados
Características de quienes pueden participar en el ámbito:
Art 14. (Integración).- El Consejo Consultivo de Pesca funcionará en la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y estará integrado por: 1) El Director General de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, quien actuará como Presidente. 2) Un representante del Ministerio de Defensa Nacional. 3) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. 4) Un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. 5) Un representante de los armadores industriales. 6) Un representante de los pescadores artesanales. 7) Un representante de las empresas que se dedican al procesamiento de los productos pesqueros. 8) Un representante del sector laboral pesquero. 9) Un representante de la Sociedad de Medicina Veterinaria. El Consejo Consultivo de Pesca podrá convocar a los organismos y dependencias con competencias específicas vinculadas a la pesca, cuando sea requerido su asesoramiento. Los miembros design
Quien está facultado a convocarlo:
- Ciudadanos individuales
Método toma de decisiones:
El ámbito no tiene capacidad de decisión
Carácter vinculante:
No
Medios de convocatoria:
- Anuncio en portal web
Formas de expresar y transmitir decisiones:
- Actas/Registros
- Boletín/página Web
- Informe/reporte
- Reuniones presenciales
Acceso público a la documentación:
Sí
Presupuesto asignado:
No cuenta con presupuesto
Etapas
Tiene etapas:
No
Etiquetas
Próximas actividades
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