Consejo Consultivo de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP).

Creación: 04/12/2017
Última actualización: 29/08/2023
Logo de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales

Descripción

El Consejo Ejecutivo de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales funcionará asistido por un Consejo Consultivo, que estará integrado por 5 miembros: Una persona con reconocida trayectoria en la promoción y defensa de los derechos humanos, designado por el Poder Legislativo, el que no podrá ser un Legislador en actividad; un representante del Poder Judicial; un representante del Ministerio Público; un representante del área académica y un representante del sector privado, que se elegirá en la forma establecida reglamentariamente.

Institución y área responsable.

  • Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información - Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales

Contacto

Dirección:
Liniers 1324, piso 4
Sitio web:
https://www.gub.uy/unidad-reguladora-control-datos-personales/
Correo electrónico:
infourcdp@datospersonales.gub.uy
Teléfono:
29010065 int. 3

Información adicional

  • Tiempo de funcionamiento:

    5 o más años

  • Referencia Normativa:

    • Ley N° 18.331 modificativas y concordantes
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Nacional

  • Promotor:

    • Poder Ejecutivo
  • Tipo de ámbito:

    Consejo (Consultativo, Vecinal, Social, de Ministros Abierto, entre otros)

  • Objetivos generales:

    • Asesorar
  • Descripción de los objetivos:

    • Asesoramiento al Consejo Ejecutivo de la URCDP en caso de solicitud sobre asuntos de su competencia.
    • Asesoramiento al Consejo Ejecutivo frente al ejercicio de la potestad de reglamentación.
  • Alcance territorial:

    Nacional

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Asesoramiento
  • Frecuencia según marco normativo:

    A pedido de los interesados

  • Regularidad efectiva:

    • Anual
  • Quienes pueden participar:

    • Academia
    • Organismos Públicos
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    Un representante del Poder Legislativo, un representante del Poder Judicial, un representante del Ministerio Público, un representante de la Academia y un representante del Sector Privado.

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Organismo Público
  • Método toma de decisiones:

    Por votación

  • Carácter vinculante:

    No

  • Medios de convocatoria:

    • Correo electrónico
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Actas/Registros
  • Acceso público a la documentación:

  • Presupuesto asignado:

    No cuenta con presupuesto

  • Tiene etapas:

    No

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