Consejo para la Igualdad de Género de Montevideo

Creación: 29/11/2017
Última actualización: 17/04/2024
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Descripción

El Consejo para la Igualdad de Género de Montevideo surge como resultado de espacios de participación de la sociedad civil en el marco del 3er Plan de Igualdad de Género.Es un espacio para la articulación con la sociedad civil de manera de dar seguimiento y monitoreo de las políticas de género a nivel departamental.

Institución y área responsable.

  • Persona Jurídica Mayor

Contacto

Dirección:
Soriano 1426 Piso 2. Cod Postal 11.200 Edificio Anexo de la Intendencia de Montevideo.
Sitio web:
/catalogo-participacion-ciudadana/
Correo electrónico:
consejogenero.mvd@gmail.com
Teléfono:
123

Información adicional

  • Tiempo de funcionamiento:

    1 a 3 años

  • Referencia Normativa:

    • Resolución N° 5320/14
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Departamental

  • Promotor:

    • Gobierno Departamental
  • Tipo de ámbito:

    Consejo (Consultativo, Vecinal, Social, de Ministros Abierto, entre otros)

  • Objetivos generales:

    • Evaluar
    • Informar
    • Proponer
  • Descripción de los objetivos:

    • Ser un espacio de participación, diálogo, monitoreo y articulación de las diferentes expresiones sociales y políticas del Departamento con miras a consolidar políticas de igualdad de género de Montevi
  • Alcance territorial:

    Departamental

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Asesoramiento
  • Frecuencia según marco normativo:

    Cada tres meses

  • Regularidad efectiva:

    • Cada tres meses
  • Quienes pueden participar:

    • Academia
    • Organismos Públicos
    • Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
    • Organizaciones de la sociedad civil con presencia/trabajo territorial
    • Organizaciones de la sociedad civil registradas/habilitadas por una dependencia pública
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    El Consejo para la Igualdad de Género de Montevideo será presidido por la Secretaría de la Mujer dependiente del Departamento de Desarrollo Social y tendrá la siguiente integración: 1 representante por cada partido político con representación en el legislativo deptal.; 8 representantes de las org. feministas y de mujeres entre las que debe haber al menos una representante de org. de mujeres afrodescendientes y al menos una de org. de mujeres rurales; 2 representantes de org. de la diversidad sexual; 4 representantes de las Comunas Mujer; 4 concejalas municipales; 1 representante del Departamento de Género y Diversidad del PIT-CNT; 1 representante de la Mesa de Masculinidades y Género de la Intendencia de Montevideo; Presidenta/e de la Comisión de Género de la Junta Departamental de Montevideo 1 representante de la Red Temática de Género de la Universidad de la República (UDELAR); 2 representantes de la Comisión de Equidad y Género de la

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Organizaciones de la sociedad civil
  • Método toma de decisiones:

    Por consenso

  • Carácter vinculante:

    No

  • Medios de convocatoria:

    • Correo electrónico
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Actas/Registros
  • Acceso público a la documentación:

  • Presupuesto asignado:

    No cuenta con presupuesto

  • Tiene etapas:

    No

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