Consejo Superior Tripartito - CST

Descripción
Es el órgano de coordinación y gobernanza, mediante el cual se procura el consenso en relación a las políticas laborales. Su integración es tripartita por delegados del Poder Ejecutivo, de las Cámaras Empresariales y del PIT-CNT. Convoca el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de oficio o preceptivamente a propuesta de cualquiera de las partes que lo integran.
Institución y área responsable
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - Dirección Nacional de Trabajo
Contacto
- Dirección:
- Juncal 1511 - Montevideo, Montevideo, Uruguay
- Sitio web:
- https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social
- Correo electrónico:
- Teléfono:
Información adicional
Conformación
Tiempo de funcionamiento:
0 a 1 año
Referencia Normativa:
- Ley Número: 18566
Nivel de gobierno de la institución que coordina:
Nacional
Promotor:
Poder Ejecutivo
Naturaleza
Tipo de ámbito:
Consejo (Consultativo, Vecinal, Social, de Ministros Abierto, entre otros)
Objetivos generales:
- Asesorar
- Evaluar
- Informar
Descripción de los objetivos:
- Coordinación y gobernanza de las relaciones laborales.
- Expedirse en forma previa al establecimiento, aplicación y modificación del salario mínimo nacional.
- Clasificación de los grupos de negociación tripartita por rama de actividad o cadenas productivas.
- Asesorar preceptivamente al Poder Ejecutivo en caso de recursos administrativos referidos a la ubicación de empresas en los grupos de actividad para la negociación tripartita.
- Considerar y pronunciarse sobre cuestiones relacionadas con los niveles de negociación tripartita y bipartita.
- Estudiar iniciativas en temas que considere pertinentes para el fomento de la consulta, la negociación y el desarrollo de las relaciones laborales.
Alcance territorial:
Nacional
Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:
- Decisión
- Discusión y formulación de la política pública
- Evaluación de los resultados
- Identificación y definición del problema
Gestión
Frecuencia según marco normativo:
A pedido de los interesados
Quienes pueden participar:
- Organismos Públicos
- Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
- Sector Privado
Regularidad efectiva:
- A pedido de los interesados
Características de quienes pueden participar en el ámbito:
Organizaciones de trabajadores (PIT-CNT) Organizaciones de empleadores (Cámaras Empresariales) Poder Ejecutivo - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Quien está facultado a convocarlo:
- Ciudadanos individuales
Método toma de decisiones:
Por votación
Carácter vinculante:
Si
Medios de convocatoria:
- Correo electrónico
Formas de expresar y transmitir decisiones:
- Actas/Registros
Acceso público a la documentación:
Sí
Presupuesto asignado:
No cuenta con presupuesto
Etapas
Tiene etapas:
No
Etiquetas
Próximas actividades
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