Consejo Superior Tripartito - CST

Creación: 29/11/2017
Última actualización: 13/05/2024
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Descripción

Es el órgano de coordinación y gobernanza, mediante el cual se procura el consenso en relación a las políticas laborales. Su integración es tripartita por delegados del Poder Ejecutivo, de las Cámaras Empresariales y del PIT-CNT. Convoca el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de oficio o preceptivamente a propuesta de cualquiera de las partes que lo integran.

Institución y área responsable.

  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Contacto

Dirección:
Juncal 1511
Sitio web:
/catalogo-participacion-ciudadana/
Correo electrónico:
dinatra@mtss.gub.uy
Teléfono:
29163616

Información adicional

  • Tiempo de funcionamiento:

    0 a 1 año

  • Referencia Normativa:

    • Ley Número: 18566
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Nacional

  • Promotor:

    • Poder Ejecutivo
  • Tipo de ámbito:

    Consejo (Consultativo, Vecinal, Social, de Ministros Abierto, entre otros)

  • Objetivos generales:

    • Asesorar
    • Evaluar
    • Informar
  • Descripción de los objetivos:

    • Coordinación y gobernanza de las relaciones laborales.
    • Expedirse en forma previa al establecimiento, aplicación y modificación del salario mínimo nacional.
    • Clasificación de los grupos de negociación tripartita por rama de actividad o cadenas productivas.
    • Asesorar preceptivamente al Poder Ejecutivo en caso de recursos administrativos referidos a la ubicación de empresas en los grupos de actividad para la negociación tripartita.
    • Considerar y pronunciarse sobre cuestiones relacionadas con los niveles de negociación tripartita y bipartita.
    • Estudiar iniciativas en temas que considere pertinentes para el fomento de la consulta, la negociación y el desarrollo de las relaciones laborales.
  • Alcance territorial:

    Nacional

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Decisión
    • Discusión y formulación de la política pública
    • Evaluación de los resultados
    • Identificación y definición del problema
  • Frecuencia según marco normativo:

    A pedido de los interesados

  • Regularidad efectiva:

    • A pedido de los interesados
  • Quienes pueden participar:

    • Organismos Públicos
    • Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
    • Sector Privado
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    Organizaciones de trabajadores (PIT-CNT) Organizaciones de empleadores (Cámaras Empresariales) Poder Ejecutivo - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Ciudadanos individuales
  • Método toma de decisiones:

    Por votación

  • Carácter vinculante:

    Si

  • Medios de convocatoria:

    • Correo electrónico
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Actas/Registros
  • Acceso público a la documentación:

  • Presupuesto asignado:

    No cuenta con presupuesto

  • Tiene etapas:

    No

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