Grupo Departamental de Prevención del Suicidio de San José

Creación: 07/11/2023
Última actualización: 15/04/2024
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Descripción

Los Grupos Departamentales de Prevención del Suicidio son ámbitos inter-institucionales con el objetivo de coordinar e implementar acciones orientadas a la prevención de suicidio a nivel Departamental y Local. Deben desarrollar un diagnóstico de situación y un plan departamental de prevención del suicidio siguiendo los lineamientos y estrategias definidas a nivel nacional por la Comisión Nacional Honoraria de Prevención de Suicidio.

Institución y área responsable.

  • Ministerio de Salud Pública - Dirección General de Coordinación

Información adicional

  • Tiempo de funcionamiento:

    1 a 3 años

  • Referencia Normativa:

    • Ordenanza 315/2022
    • Decreto 378/2004
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Departamental

  • Promotor:

    • Poder Ejecutivo
  • Tipo de ámbito:

    Articulación inter-institucional

  • Objetivos generales:

    • Controlar
    • Evaluar
    • Informar
    • Proponer
    • Otros
  • Descripción de los objetivos:

    • Impulsar, coordinar, promover e informar a la Comisión Nacional Honoraria de Prevención del Suicidio sobre acciones a nivel territorial vinculadas la Estrategia Nacional de Prevención del Suicidio.
  • Alcance territorial:

    Departamental

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Ejecución/Implementación
    • Evaluación de los resultados
    • Monitoreo de la ejecución/implementación
  • Frecuencia según marco normativo:

    Según calendario preestablecido

  • Regularidad efectiva:

    • Mensual
  • Quienes pueden participar:

    • Organismos Públicos
    • Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
    • Organizaciones de la sociedad civil con presencia/trabajo territorial
    • Sector Privado
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    Los Grupos Departamentales de Prevención del Suicidio, que estarán integrados por representantes locales de las siguientes instituciones: un representante del Ministerio de Salud Pública integrante de la Dirección Departamental de Salud (quien lo presidirá); un representante del Ministerio de Desarrollo Social; un representante del Ministerio de Educación y Cultura; un representante del Ministerio del Interior; un representante de la Administración de Servicios de Salud del Estado; un representante de los prestadores privados de salud del Sistema Nacional Integrado de Salud; un representante del sector educativo (Universidad, ANEP, UTEC, otros); un representante de la sociedad civil y organizaciones vinculadas a la temática; y otros integrantes que el Grupo Departamental de Prevención del Suicidio considere pertinentes según la realidad local.

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Organismo Público
  • Método toma de decisiones:

    El ámbito no tiene capacidad de decisión

  • Carácter vinculante:

    Otro

  • Otro carácter vinculante:

    Implementa la estrategia definida a nivel nacional

  • Medios de convocatoria:

    • Correo electrónico
    • Teléfono o celular
    • Whatsapp
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Actas/Registros
    • Informe/reporte
  • Acceso público a la documentación:

    No

  • Presupuesto asignado:

    No cuenta con presupuesto

  • Quién aporta qué recursos:

    • Recursos Humanos: Gobierno Nacional , Organización de la Sociedad Civil , Sector Privado

    • Espacio Físico: Gobierno Nacional

    • Logística y equipamiento: Gobierno Nacional

    • Gastos Operativos: Gobierno Nacional

  • Tiene etapas:

    No

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