Presupuesto Participativo Montevideo (PP)

Creación: 17/08/2023
Última actualización: 17/04/2024
logo del Presupuesto Participativo - Intendencia de Montevideo

Descripción

El Presupuesto Participativo (PP) asegura a los y las habitantes de Montevideo el derecho de participación para proponer y luego decidir –mediante voto secreto– la realización de obras y servicios sociales de interés vecinal, los que se financian con el presupuesto de la Intendencia de Montevideo. La construcción del Presupuesto Participativo comenzó en 1990, como parte del proceso de descentralización participativa. Es un programa departamental que se desarrolla e implementa a nivel local desde los ocho municipios.

Institución y área responsable.

  • MONTEVIDEO - Intendencia

Contacto

Dirección:
Avenida 18 de Julio 1360
Sitio web:
https://montevideo.gub.uy/presupuesto-participativo-0
Correo electrónico:
dialogo.participativo@imm.gub.uy
Teléfono:
1950 int. 9661 / 9662

Información adicional

  • Tiempo de funcionamiento:

    5 o más años

  • Referencia Normativa:

    • No tiene
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Departamental

  • Promotor:

    • Gobierno Departamental
  • Tipo de ámbito:

    Presupuesto Participativo

  • Objetivos generales:

    • Co-gestionar/Gestión asociada
    • Controlar
    • Proponer
  • Descripción de los objetivos:

    • El PP contribuye a hacer más eficaces las acciones de la Intendencia, pues se definen y organizan intervenciones en función de las necesidades reales de quienes viven en cada zona.
  • Alcance territorial:

    Departamental

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Decisión
    • Decisión/Asesoramiento
    • Discusión y formulación de la política pública
    • Ejecución
    • Ejecución/Implementación
    • Identificación y definición del problema
    • Implementación
    • Monitoreo de la ejecución
    • Monitoreo de la ejecución/implementación
  • Frecuencia según marco normativo:

    Según calendario preestablecido

  • Regularidad efectiva:

    • Cada dos años
  • Quienes pueden participar:

    • Cualquier organización de la sociedad civil
    • Cualquier persona
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    Pueden presentar propuestas todas las personas, instituciones u organizaciones sociales, culturales y deportivas sin fines de lucro, con residencia personal, social o laboral en cada zona. Las instituciones y organizaciones pueden presentar propuestas que fortalezcan su desarrollo asociado a la participación barrial, como a los espacios e infraestructura de uso y acceso público general. Las personas menores de 16 años (niños, niñas y adolescentes) pueden hacerlo con el aval de una persona mayor de edad o de una organización social. En el caso de las instituciones deportivas, pueden presentar propuestas las que desarrollen una práctica amateur, formativa y recreativa con inserción barrial y comunitaria. Todas las iniciativas deben asegurar el uso público de la ciudadanía y ser intervenciones de interés vecinal. Pueden participar en las elecciones todas las personas mayores de 16 años con cédula de identidad vigente.

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Organismo Público
  • Método toma de decisiones:

    Por votación

  • Carácter vinculante:

    Si

  • Medios de convocatoria:

    • Afiches
    • Anuncio en portal web
    • Redes Sociales
    • T.V.
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Boletín/página Web
    • Expedientes
  • Acceso público a la documentación:

  • Presupuesto asignado:

    Propio

  • Quién aporta qué recursos:

    • Recursos Humanos: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal

    • Espacio Físico: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal

    • Logística y equipamiento: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal

    • Gastos Operativos: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal

  • Tiene etapas:

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