Presupuesto Participativo Montevideo (PP)
Descripción
El Presupuesto Participativo (PP) asegura a los y las habitantes de Montevideo el derecho de participación para proponer y luego decidir –mediante voto secreto– la realización de obras y servicios sociales de interés vecinal, los que se financian con el presupuesto de la Intendencia de Montevideo. La construcción del Presupuesto Participativo comenzó en 1990, como parte del proceso de descentralización participativa. Es un programa departamental que se desarrolla e implementa a nivel local desde los ocho municipios.
Institución y área responsable.
- MONTEVIDEO - Intendencia
Contacto
- Dirección:
- Avenida 18 de Julio 1360
- Sitio web:
- https://montevideo.gub.uy/presupuesto-participativo-0
- Correo electrónico:
- dialogo.participativo@imm.gub.uy
- Teléfono:
- 1950 int. 9661 / 9662
Información adicional
Tiempo de funcionamiento:
5 o más años
Referencia Normativa:
- No tiene
Nivel de gobierno de la institución que coordina:
Departamental
Promotor:
- Gobierno Departamental
Tipo de ámbito:
Presupuesto Participativo
Objetivos generales:
- Co-gestionar/Gestión asociada
- Controlar
- Proponer
Descripción de los objetivos:
- El PP contribuye a hacer más eficaces las acciones de la Intendencia, pues se definen y organizan intervenciones en función de las necesidades reales de quienes viven en cada zona.
Alcance territorial:
Departamental
Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:
- Decisión
- Decisión/Asesoramiento
- Discusión y formulación de la política pública
- Ejecución
- Ejecución/Implementación
- Identificación y definición del problema
- Implementación
- Monitoreo de la ejecución
- Monitoreo de la ejecución/implementación
Frecuencia según marco normativo:
Según calendario preestablecidoRegularidad efectiva:
- Cada dos años
Quienes pueden participar:
- Cualquier organización de la sociedad civil
- Cualquier persona
Características de quienes pueden participar en el ámbito:
Pueden presentar propuestas todas las personas, instituciones u organizaciones sociales, culturales y deportivas sin fines de lucro, con residencia personal, social o laboral en cada zona. Las instituciones y organizaciones pueden presentar propuestas que fortalezcan su desarrollo asociado a la participación barrial, como a los espacios e infraestructura de uso y acceso público general. Las personas menores de 16 años (niños, niñas y adolescentes) pueden hacerlo con el aval de una persona mayor de edad o de una organización social. En el caso de las instituciones deportivas, pueden presentar propuestas las que desarrollen una práctica amateur, formativa y recreativa con inserción barrial y comunitaria. Todas las iniciativas deben asegurar el uso público de la ciudadanía y ser intervenciones de interés vecinal. Pueden participar en las elecciones todas las personas mayores de 16 años con cédula de identidad vigente.
Quien está facultado a convocarlo:
- Organismo Público
Método toma de decisiones:
Por votaciónCarácter vinculante:
SiMedios de convocatoria:
- Afiches
- Anuncio en portal web
- Redes Sociales
- T.V.
Formas de expresar y transmitir decisiones:
- Boletín/página Web
- Expedientes
Acceso público a la documentación:
SíPresupuesto asignado:
PropioQuién aporta qué recursos:
Recursos Humanos: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal
Espacio Físico: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal
Logística y equipamiento: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal
Gastos Operativos: Gobierno Departamental , Gobierno Municipal
Tiene etapas:
Sí
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