Grupo Departamental de Prevención del Suicidio de Montevideo

Descripción
Los Grupos Departamentales de Prevención del Suicidio son ámbitos inter-institucionales con el objetivo de coordinar e implementar acciones orientadas a la prevención de suicidio a nivel Departamental y Local. Deben desarrollar un diagnóstico de situación y un plan departamental de prevención del suicidio siguiendo los lineamientos y estrategias definidas a nivel nacional por la Comisión Nacional Honoraria de Prevención de Suicidio.
Institución y área responsable
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de Coordinación
Contacto
- Dirección:
- 18 de Julio 1892 - Montevideo, Montevideo, Uruguay
- Sitio web:
- https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/direcciones-departamentales-salud/direcciones-departamentales-salud-8
- Correo electrónico:
- Teléfono:
- 1934 int 6271
Información adicional
Conformación
Tiempo de funcionamiento:
1 a 3 años
Referencia Normativa:
- Ordenanza 315/2022
- Decreto 378/2004
Nivel de gobierno de la institución que coordina:
Departamental
Promotor:
Poder Ejecutivo
Naturaleza
Tipo de ámbito:
Articulación inter-institucional
Objetivos generales:
- Controlar
- Evaluar
- Informar
- Proponer
- Otros
Descripción de los objetivos:
- Impulsar, coordinar, promover e informar a la Comisión Nacional Honoraria de Prevención del Suicidio sobre acciones a nivel territorial vinculadas la Estrategia Nacional de Prevención del Suicidio.
Alcance territorial:
Departamental
Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:
- Ejecución/Implementación
- Evaluación de los resultados
- Monitoreo de la ejecución/implementación
Gestión
Frecuencia según marco normativo:
Según calendario preestablecido
Quienes pueden participar:
- Organismos Públicos
- Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
- Organizaciones de la sociedad civil con presencia/trabajo territorial
- Sector Privado
Regularidad efectiva:
- Mensual
Características de quienes pueden participar en el ámbito:
Los Grupos Departamentales de Prevención del Suicidio, que estarán integrados por representantes locales de las siguientes instituciones: un representante del Ministerio de Salud Pública integrante de la Dirección Departamental de Salud (quien lo presidirá); un representante del Ministerio de Desarrollo Social; un representante del Ministerio de Educación y Cultura; un representante del Ministerio del Interior; un representante de la Administración de Servicios de Salud del Estado; un representante de los prestadores privados de salud del Sistema Nacional Integrado de Salud; un representante del sector educativo (Universidad, ANEP, UTEC, otros); un representante de la sociedad civil y organizaciones vinculadas a la temática; y otros integrantes que el Grupo Departamental de Prevención del Suicidio considere pertinentes según la realidad local.
Quien está facultado a convocarlo:
- Organismo Público
Método toma de decisiones:
El ámbito no tiene capacidad de decisión
Carácter vinculante:
Otro
Otro carácter vinculante:
Implementa la estrategia definida a nivel nacional
Medios de convocatoria:
- Correo electrónico
- Teléfono o celular
Formas de expresar y transmitir decisiones:
- Actas/Registros
- Informe/reporte
Acceso público a la documentación:
No
Presupuesto asignado:
No cuenta con presupuesto
Quién aporta qué recursos:
Recursos Humanos: Gobierno Nacional, Organización de la Sociedad Civil, Sector Privado
Espacio Físico: Gobierno Nacional
Logística y equipamiento: Gobierno Nacional
Gastos Operativos: Gobierno Nacional
Etapas
Tiene etapas:
No
Etiquetas
Próximas actividades
No hay actividades próximas