Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que se realiza para solicitar el beneficio de bonificación, total o parcial, del pago de la tarifa de peaje (por primera vez, renovación, cambio de matrícula, cambio de vehículo, agregado de vehículo, baja de vehículo o agregado de documentos).
Las causales previstas en la normativa son:
Para persona física (individuo/CI): domicilio permanente, trabajo dependiente dentro de las zonas de bonificación.
Para persona jurídica (empresa/RUT): trabajo independiente o domicilio fiscal en zonas de bonificación,
Las empresas de transporte profesional o propio de carga, empresas de transporte colectivo de pasajeros de servicios turísticos, empresas de transporte colectivo de pasajeros de servicios regulares o empresas de transporte de pasajeros concesionaria de líneas con terminales ubicadas en zona de bonificación, deben solicitar la gestión a través de las vías de comunicación de CVU.
El período de vigencia de la bonificación se otorgará en función de la documentación presentada, con un máximo de 3 (tres) años.
Importante: La documentación requerida depende de si es persona física o jurídica y si se tramita la misma por: primera vez; renovación de la causal por la cual se solicita la bonificación; o si se trata de una modificación de una bonificación vigente.