Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Trámite que se debe realizar para empadronamiento de vehículos de turismo y transporte colectivo.
Previa resolución municipal que habilite la realización del servicio. Deberá contar con agenda previa y presentar la siguiente documentación: