Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite el cual, al amparo de la Ley 13.102 del 18 de octubre de 1962 y sus disposiciones concordantes, permite a las personas con discapacidad, la importación directa para uso personal, de todo tipo de vehículos automotores nuevos, de sistema de adaptación para su manejo.
Este trámite involucra a varios organismos por lo que debe tomar en cuenta los siguientes pasos:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Usuario VUCE - registro de persona física en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
Usuario VUCE - registro de empresa en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
El trámite en línea requiere de la siguiente documentación:
El beneficiario deberá adjuntar según el caso:
Si realiza actividades de rehabilitación: la indicación de un médico especialista en la materia, detallando el tratamiento indicado, frecuencia y duración del mismo. Asimismo, deberá presentar constancia emitida por la entidad donde efectivamente realiza la rehabilitación, expedida de manera formal (hoja membretada, con sello y firma del responsable), indicando carga horaria, frecuencia semanal y desde cuando concurre a la misma.
Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda tener instalada la última versión del navegador de su preferencia así como también la última versión de Java
Ver instructivo en enlaces de descarga.
En Montevideo:
Por consultas en el Centro de Información al Usuario: