Exoneraciones para la importación de vehículos personas con discapacidad
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el trámite el cual, al amparo de la Ley 13.102 del 18 de octubre de 1962 y sus disposiciones concordantes, permite a las personas con discapacidad, la importación directa para uso personal, de todo tipo de vehículos automotores nuevos, de sistema de adaptación para su manejo.
Requisitos
Este trámite involucra a varios organismos por lo que debe tomar en cuenta los siguientes pasos:
- MSP: Solicitud de junta médica para la importación de vehículos para discapacitados motrices e intelectuales.
- MEF: Solicitud de exoneración de impuestos para la importación de vehículos de lisiados.
- UNASEV: Certificación administrativa para adaptación de vehículos para discapacitados.
- Aduanas: Actualmente el trámite se hace con un despachante de Aduanas.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Usuario VUCE - registro de persona física en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
Usuario VUCE - registro de empresa en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
- Ver Guía de registro en la página de la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
- Se requiere firma electrónica.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresar con usuario registrado.
- Una vez que se ha gestionado la creación del usuario en VUCE deberá ingresar a la página y acceder a la Plataforma a través de “Acceder al Sistema VUCE”. (Navegadores compatibles: Google Chrome o Mozilla Firefox)
- Ya habiendo ingresado al formulario correspondiente, debe llenar el mismo con lo solicitado y luego enviarlo. Una vez enviado, se analizará la información.
- Culminado el proceso del trámite, se le notificará por el medio elegido.
Para un correcto funcionamiento del sistema, se recomienda tener instalada la última versión del navegador de su preferencia así como también la última versión de Java
Ver instructivo en enlaces de descarga.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Colonia 1089
- Horario: L a V de 9:30 a 16:00 hs
- Teléfono: 0800-8612 de 10.00 a 17.00 hs
- Montevideo, Montevideo
Otras direcciones
En Montevideo:
- Mesa de Entrada del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
- Dirección: Colonia 1089, planta baja.
- Horario: de lunes a viernes de 09:30 a 16:00 horas.
Por consultas en el Centro de Información al Usuario:
- Teléfono: 0800 8612.
- Correo electrónico: atencion.usuario@mef.gub.uy.
- Horario de atención: lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas.
Enlaces relacionados
- MANUAL DE USUARIO
- Decreto 51/017
- Decreto N° 456/011. Documento actualizado
- Decreto N° 456/011. Documento original
- Decreto N° 91/013. Documento actualizado
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- Decreto Nº 182/015. Documento original
- Decreto Nº 249/013. Documento actualizado
- Decreto Nº 249/013. Documento original
- Ley N1 19171 de 13/12/013
- Ley Nº 13.102
- Ley Nº 17887 de 19/8/005
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