Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el derecho que adquieren determinados causahabientes de los integrantes de las Fuerzas Armadas con un fin de previsión social por el cual se otorga una asignación mensual.
Cualquiera fuera el tiempo de servicios reconocidos o acreditados en la historia laboral del causante.
De acuerdo a las normas en vigencia (Ley Nº 20.130).
Documento Nacional de Identidad
Formulario nº101 - Relevamiento de datos personales y autorización de notificación electrónica- SRPFFAA
Declaración jurada.
Constancia de cobro o ingreso.
Para el caso de hijos mayores de 18 y menores de 23 años:
1) Quienes superen el tope de ingresos nominales mensuales de $ 37.150, deberán de adjuntar los últimos 12 recibos anteriores al fallecimiento del causante, incluyéndose además los recibos de aguinaldo y salario vacacional. Dichos recibos no serán necesarios en caso de que perciba sus ingresos únicamente a través del SRPFFAA.
2) A modo de aclaración en cuanto a los 12 últimos recibos anteriores al fallecimiento del causante, si el causante fallece en marzo de 2026, los 12 últimos recibos serían los comprendidos entre febrero 2026 a febrero de 2025 inclusive, más los de aguinaldo y salario vacacional (de corresponder).
3) Documentación que respalde los ingresos personales percibidos por el solicitante o negativo de BPS en caso de no tenerlos.
Constancia de estudios.
Comprobante de cuenta bancaria.
Pérdida del derecho a pensión:
Por razones ajenas al SRPFFAA los trámites en línea se encuentran inhabilitados por el momento.
No tiene costo
En Montevideo:
En el interior:
Obligatoriedad de mantener la atención presencial Decreto Nº 231/017.