Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se utiliza para que los titulares de autorizaciones de servicios y/o sistemas de telecomunicaciones denuncien a URSEC inconvenientes técnicos que constaten, tales como salidas de servicio -parciales o total-, interferencias perjudiciales, evaluaciones de Radiaciones no ionizantes, etc.
Previo a la realización de dicho trámite se deberá realizar el siguiente paso:
Consultas sobre como realizar el trámite:
Otras consultas:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Navegador requerido: