Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el tramite mediante el cual se desvinculan personas fisicas o juridicas en una entidad con o sin actividad empresarial ante la Administracion Tributaria en consecuencia del cese del Poder otorgado.
Formularios:
Formulario 0352 - Anexo de inscripción y actualización de personas físicas vinculadas, firmado por el/los nuevos apoderados, donde conste la permanencia de los actuales titulares.
En el caso en que tengan personas jurídicas vinculadas, Formulario 0353 Anexo de inscripción y actualización de personas jurídicas vinculadas con los datos de dichas entidades.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación a presentar:
Certificación notarial conteniendo:
Firma del o los titulares.
Datos personales completos:
Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
Estado civil.
Nacionalidad.
Mayoría de edad.
Domicilio particular.
Control de revocación.
Integración del directorio, sociedad, etc., a la fecha de la revocación si ésta fuera retroactiva y al día de hoy, aclarando en ambos casos que son los únicos integrantes.
Aclaración:
Un timbre profesional $250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 de Diciembre de 2024)
Se inicia el trámite adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea
En Montevideo:
Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Exclusivo.
AGENDA – REGISTRO UNICO TRIBUTARIO, y posteriormente seleccionar Departamento: Montevideo; Trámite: EXCLUSIVO DGI; Sector: RUT EXCLUSIVO – SUBSUELO
La revocación se realiza dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de la revocación del poder.