Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Comprobante que extiende la Administración a los efectos de certificar la Residencia Fiscal de quien solicita.
Deberán acompañar al formulario:
Documento Nacional de Identidad
Domicilio Electrónico.
Acreditación de la residencia fiscal de persona jurídica u otra entidad:
Entrega del certificado:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Agenda previa.
Contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo:
Contribuyentes con domicilio constituido en el Interior: