Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.
Es el trámite que realizan los titulares de los derechos o representantes con facultades suficientes cuyos derechos de transmisión sobre eventos deportivos puedan ser vulnerados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 233 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022 y Decreto 324/2023, de solicitud de medida cautelar que habilita a solicitar inhabilitaciones en tiempo real del acceso a transmisiones ilegales de eventos deportivos en directo en línea.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Registro de Personas y Empresas ante URSEC
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Navegador requerido.
Agenda previa.
Consultas sobre como realizar el trámite:
Otras consultas:
Consultas sobre como realizar el trámite:
Otras consultas: