Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es una forma de pago que permite financiar en cuotas mensuales las contravenciones, emitidas por Dirección Nacional de Transporte, tanto sean de transito , de ATIT o de exceso de peso.
Acreditar estar al día.
Acreditar representación o titularidad ante la Dirección Nacional de Transporte.
Aportar datos.
Las empresas extranjeras que realizan Transporte Internacional de Carga, podrán efectuar el pago en cuotas:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Acreditar representación o titularidad ante la Dirección Nacional de Transporte.
Agenda previa.
Acreditar representación o titularidad ante la Dirección Nacional de Transporte.
En Montevideo:
En el interior: