Comisión Nacional del Libro

Creación: 04/06/2024
Última actualización: 14/06/2024
Biblioteca en el edificio sede del Archivo General de la Nación.

Descripción

A nivel nacional: a) estimular producción y comercialización de libros para satisfacer demandas culturales y educativas de la población, b) exonerar tributos de importación a obras de carácter literario, artístico, científico y docente independiente del soporte en que se presenten, c) declarar material educativo a diferentes insumos que se desea importar, d) apoyar mejora y desarrollo de bibliotecas escolares y públicas y proponer programas de mejora a autoridades competentes. Ver Art 2º L 15.913

Institución y área responsable

Ministerio de Educación y Cultura - Archivo General de la Nación

Contacto

Dirección:
Convención 1474, Archivo General de la Nación - Montevideo, Montevideo, Uruguay
Sitio web:
https://www.gub.uy/ministerio-educacion-cultura/archivo-general-nacion
Correo electrónico:
Teléfono:

Información adicional

Conformación

  • Tiempo de funcionamiento:

    5 o más años

  • Referencia Normativa:

    • Ley N° 15.913.
  • Nivel de gobierno de la institución que coordina:

    Nacional

  • Promotor:

    Poder Ejecutivo

Naturaleza

  • Tipo de ámbito:

    Articulación inter-institucional

  • Objetivos generales:

    • Evaluar
  • Descripción de los objetivos:

    • Art 2º Ley 15.913: Exoneración de tributos, difusión del libro, estímulo de la producción y comercialización de libros, fomentar la libre circulación.
  • Alcance territorial:

    Nacional

  • Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:

    • Decisión/Asesoramiento

Gestión

  • Frecuencia según marco normativo:

    A pedido de los interesados

  • Quienes pueden participar:

    • Cualquier persona
  • Regularidad efectiva:

    • A pedido de los interesados
  • Características de quienes pueden participar en el ámbito:

    El art. 18 de la Ley 15.913 determina quienes pueden integrarla (publico y privado): “La Comisión Nacional del Libro será presidida por el Director del Instituto Nacional del Libro y estará integrada además por dos delegados del Ministerio de Educación y Cultura, un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas, dos delegados de la Cámara Uruguaya del Libro, un delegado de la Asociación de Impresores del Uruguay, un delegado de la Cámara de Industriales Gráficos del Uruguay y un delegado de los autores, cuya elección se realizará en la forma que determine la reglamentación”.

  • Quien está facultado a convocarlo:

    • Cualquiera
  • Método toma de decisiones:

    Por votación

  • Carácter vinculante:

    Si

  • Medios de convocatoria:

    • Correo electrónico
  • Formas de expresar y transmitir decisiones:

    • Actas
  • Acceso público a la documentación:

  • Espacio de consulta de documentos:

    Sede central del Archivo General de la Nación, Convención 1474.

  • Presupuesto asignado:

    No cuenta con presupuesto

  • Quién aporta qué recursos:

    • Recursos Humanos: Gobierno Nacional

    • Espacio Físico: Gobierno Nacional

    • Logística y equipamiento: Gobierno Nacional

    • Gastos Operativos: Gobierno Nacional

Etapas

  • Tiene etapas:

    No

Etiquetas