Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se trata del estatuto que se rige por la Ley 16.060 que se encuentra disponible (en sus cinco variantes), en la página web de la Auditoría Interna de la Nación. Dicho estatuto debe completarse en los campos editables habilitados a tal efecto con los datos de los socios, capital contractual, tipo de acciones, monto de capital suscripto e integrado, y ser presentado para su aprobación.
Plazo de presentación:
Información de interés Sector Privado:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Únicamente en Montevideo: