Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.
Es el trámite que deben realizar los titulares de servicios de televisión para abonados, titulares de señales emitidas por servicio de tv paga o titulares de autorizaciones para emitir señales por aire, pueden realizar denuncias fundadas, con carácter de declaración jurada, bajo su exclusiva responsabilidad por la difusión de señales de televisión sin legitimación a través de internet o red similar.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Registro de Personas y Empresas ante URSEC
URSEC podrá, si corresponde, disponer la notificación de la plataformas y/o intermediarios independientes o el bloqueo electrónico temporal que resulte necesario para impedir el acceso desde el territorio nacional a las direcciones IP y/o dominios de Internet y/o URLs, correspondiente a las ofertas específicas de los productos, servicios y/o contenidos en infracción, que sean utilizadas para desarrollar tales actividades.
A estos efectos, corresponde entender por “Plataformas y/o Intermediarios independientes” a aquellos proveedores de servicios que brindan acceso, alojan, transmiten, indexan o distribuyen contenidos o servicios generados por terceros en Internet. Tienen cierta incidencia en la moderación de contenidos.
Agenda previa.
Consultas sobre cómo realizar el trámite:
Otras consultas: