Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es la autorización otorgada por Resolución Ministerial de Habilitación o renovación a los polígonos de tiro policiales y civiles, para poder desarrollar su actividad.
Debe haber realizado el Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
Datos requerido por el Trámite:
Documentación requerida:
LOS POLÍGONOS DEBERÁN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DISPUESTOS EN EL DECRETO 267/004
DISPOSICIONES GENERALES
POLÍGONO DE TIRO ABIERTO
POLÍGONO DE TIRO PARA ARMAS CORTAS CERRADO Y/O SUBTERRÁNEO
ASPECTO CONSTRUCTIVO MATERIALES
Si el trámite no se paga en el plazo establecido no se iniciará y debe realizarlo nuevamente.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.)