Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un trámite que debe realizar cualquier empresa que desee importar algún Producto Eléctrico de Baja Tensión comprendido en los Anexos II, V y VI del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión, sin haber demostrado conformidad con la norma técnica requerida en el reglamento.
Conforme lo establecido en la reglamentación vigente, el destino del producto solicitado debe ser exclusivamente:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Registro de Regulados de URSEA
Presentación de Nota o Escrito.
Documentación general:
Factura.
Código NCM.
Declaración jurada.
Timbre Profesional - CJPPU
Proceso del trámite:
La autorización otorgada es válida únicamente para la importación de los productos de la factura de importación correspondiente y puede utilizarse únicamente asociada a ella.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Agenda previa.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.