Excepción en la Importación de bienes comprendidos en el Transporte de Carga y Pasajeros

Guías

Las importaciones de equipos nuevos de autotransporte realizadas por empresas nacionales, con destino al transporte terrestre profesional de cargas para terceros están exoneradas de IVA. Las importaciones de Remises y Taxímetros por parte de una persona jurídica, con destino al traslado de personas están exceptuadas de realizar el pago de Anticipo de IRAE e IMESI en el momento de la importación sujeto a la acreditación posterior del destino del vehículo. Las importaciones de Minibuses, con destino transporte turístico y hotelería realizadas por personas jurídicas están exceptuadas de realizar el pago de Anticipo de IMESI en el momento de la importación sujeto a la acreditación posterior del destino del vehículo. Las importaciones de vehículos, con destino transporte escolar realizadas por personas jurídicas están exceptuadas de realizar el pago de Anticipo de IMESI en el momento de la importación sujeto a la acreditación posterior del destino del vehículo.

Para solicitar la exoneración al amparo de una u otra normativa, deberá realizar la solicitud de excepción en la importación, según se detalla debajo.

Para efectuar el trámite de forma electrónica, debe estar previamente autenticado en Servicios en línea.

Ingresar en Servicios en línea/Trámites/Solicitud de inicio, y seleccionar:

Trámite: Solicitud Excepción Objetiva/ Importación

Subtrámite: Transporte Carga y Pasajeros

Requisitos: