Declaración

Día Mundial del Agua

El Día Mundial del Agua es celebrado cada 22 de marzo, a partir de la Conferencia sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992. Las normas internacionales de derechos humanos establecen que el derecho al agua está vinculado a la vida, a la salud y a la dignidad humanas, y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. Asimismo, el derecho al acceso al agua potable debe darse sobre una base no discriminatoria, atendiendo especialmente a poblaciones vulnerables.
Horizonte con puesta de sol y pinos sobre el agua

La actual situación de emergencia sanitaria nacional ha visibilizado aún más la importancia del derecho de acceso al agua.

Dentro de las recomendaciones sobre derechos humanos realizadas al Estado uruguayo en materia de derecho al agua, se ha sostenido que el Estado debe garantizar la vigilancia del impacto de las políticas públicas y de los proyectos de inversión a gran escala sobre los cursos de agua, asegurando su protección y uso sostenible.

Asimismo, se debe asegurar la asignación de suficientes recursos humanos y financieros a las instituciones encargadas de la aplicación efectiva de la legislación y de las políticas relativas a la protección de la cantidad y calidad del agua, facilitando mecanismos de coordinación interinstitucional.

El Art. 47 de la Constitución Nacional establece que el agua es un recurso natural esencial para la vida y que el acceso al agua potable es un derecho humano fundamental. Indica que la pimera prioridad para el uso del agua debe ser el abastecimiento de agua potable a poblaciones, anteponiendo las razones de orden social a las de orden económico.

Asimismo establece que la política nacional de aguas y saneamiento deberá basarse en la gestión sustentable, solidaria con las generaciones futuras, de los recursos hídricos y en la preservación del ciclo hidrológico.

La INDDHH recalca el derecho a la participación social en todos los asuntos vinculados al agua, de acuerdo a lo establecido en nuestra Constitución: “los usuarios y la sociedad civil, participarán en todas las instancias de planificación, gestión y control de recursos hídricos; estableciéndose las cuencas hidrográficas como unidades básicas”.

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