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Unidad de Migrantes

La Unidad Especializada en Migración tiene como objetivo general asesorar al Consejo Directivo, transversalizar la temática en el accionar institucional y desarrollar medidas para fortalecer las políticas públicas en materia de movilidad humana. Fue creada en noviembre de 2023 por el Consejo Directivo de la INDDHH.

Objetivos

  • asesorar al Consejo Directivo, transversalizar la temática en el accionar institucional y desarrollar medidas para fortalecer las políticas públicas en materia de movilidad humana.

Descripción

En relación a la promoción y protección de los derechos de las personas en situación de movilidad humana, las normas jurídicas vigentes comprenden, además de la Constitución de la República, las leyes n.° 18.250 sobre el derecho inalienable de las personas migrantes y sus familiares, n.° 18.076 del derecho al refugio y n.° 19.682 para el reconocimiento y la protección al apátrida. Por otra parte, la ley n.° 19.643 tiene por objeto la prevención, persecución y sanción de la trata y la explotación de personas, así como la atención, protección y reparación de las víctimas.

Las competencias de la Unidad son:

  1. Proponer al Consejo Directivo la adopción de opiniones sobre la suscripción, aprobación, ratificación, adhesión e implementación de tratados internacionales relacionados con los derechos de las personas en situación de movilidad humana (sean migrantes, refugiados, apátridas, víctimas de trata o tráfico de personas) y participar en la elaboración de las opiniones y recomendaciones sobre los informes que la INDDHH presente a órganos encargados del contralor internacional.
  2. Coordinar con los organismos internacionales vinculados a los derechos de las personas en situación de movilidad humana y sus familias. Participar en la Red de Movilidad y Trata de Personas de la (FIO), en las actividades de la implementación del Protocolo para la prevención y respuesta a violaciones o posibles violaciones de derechos humanos en las personas en contexto de movilidad humana internacional
  3. Proponer al Consejo Directivo la elaboración de estudios e informes sobre la situación nacional, departamental o zonal, relacionados con las políticas de movilidad humana.
  4. Promover la actuación de oficio de la INDDHH -por intermedio de los procedimientos legalmente establecidos- ante presuntas violaciones a los derechos humanos de las personas en situación de movilidad humana y sus familias y de acciones de amparo.
  5. Establecer una estrategia de diálogo y trabajo conjunto con el Estado uruguayo a todos sus niveles: Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales, a favor de los derechos de las personas en situación de movilidad humana y sus familias.
  6. Participar en las redes interinstitucionales y planes de trabajo que se proponga realizar la INDDHH con relación a la temática y promover el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil.
  7. Colaborar con la formación en temas relacionados a la movilidad humana y derechos humanos de la población en general y del funcionariado público.
  8. Difundir información y comunicación, promocionando los derechos de las personas en situación de movilidad humana, plasmados en las normativas nacionales y los tratados internacionales de derechos humanos y sobre los mecanismos de consulta y denuncia ante la INDHH.

¿A quién está dirigido?

  • Personas en situación de movilidad humana, migrantes, solicitantes de refugio y refugiadas, personas apátridas, víctimas de trata y tráfico de personas, población en general

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