Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.
Es el trámite que permite la transferencia de cuotas o acciones en Servicios de Comunicación Audiovisual, comprendidos en la ley 19.307 (radio, televisión abierta y televisión para abonados en sus distintas modalidades).
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Registro de Personas y Empresas ante URSEC
Control de voto.
Certificado de Antecedentes Judiciales.
Certificado de Registro.
Domicilio Electrónico.
Requisitos que no se solicitan porque están disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI)
Consultas sobre como realizar el trámite:
Otras consultas:
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Navegador requerido.
Agenda previa.