Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.
Es el trámite para transferir la autorización y/o licencia para los servicios comprendidos en la Ley N°19.307 (radio, televisión abierta y televisión para abonados en sus distintas modalidades).
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Registro de Personas y Empresas ante URSEC
Control de voto.
Certificado de Antecedentes Judiciales.
Requisitos que no se solicitan porque están disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI)
Cumplido el trámite legal dispuesto, y una vez obtenida la resolución favorable del Poder Ejecutivo a la realización del negocio, se deberá presentar el negocio definitivo en el plazo de 4 meses a contar desde la notificación de la citada resolución, el que quedará sujeto a la aprobación del Poder Ejecutivo.
Consultas sobre como realizar el trámite:
Otras consultas:
Navegador requerido.
Agenda previa.