Definición de Funcionario Publico

De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley N° 17.060 y el Artículo 175 del Código Penal, se reputan funcionarios públicos a toda persona que desempeñe función pública, a título oneroso o gratuito, permanente o temporario, de carácter legislativo, administrativo o judicial, en la Administración Central, en un Ente Autónomo, en un Servicio Descentralizado, en un Gobierno Departamental o en una persona pública no estatal.
Esa amplia definición incluye por tanto a los funcionarios de:

  • Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. 
  • Tribunal de Cuentas.
  • Corte Electoral.
  • Tribunal de lo Contencioso Administrativo. 
  • Gobiernos Departamentales.
  • Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. 

En general, todos los organismos, servicios o entidades estatales, así́ como las personas públicas no estatales. 
A ellos se agregan los representantes del Estado en la dirección de las empresas que operan en el marco del derecho privado en las que tenga participación, en tanto el Artículo 188 de la Constitución de la República establece que dichos representantes se regirán por las mismas normas que los Directores de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.