Emergencia Agropecuaria

Plan de Apoyo al sector Frutícola ante la Emergencia Agropecuaria

El objetivo general de la presente convocatoria es impedir que aquellos montes afectados por la sequía extrema de la temporada 2022/23 o con bajos niveles de producción alcancen un estado de “montes abandonados” o de “riesgo sanitario”.
Planes de arranquío sanitario al sector FRUTICOLA

CONVOCATORIA

PLAN DE APOYO AL SECTOR FRUTICOLA ANTE LA EMERGENCIA CLIMATICA – JULIO 2023.

1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN.

Desde la zafra 2012-2013 DIGEGRA viene apoyando, al sector frutícola de hoja caduca a través de un Programa de Manejo Regional de Plagas (PMRP) que promueve la utilización de la herramienta de confusión sexual, como medida de control biológico, de las plagas más importantes de este sector; como son: Carpocapsa (Gusano de la Pera y la Manzana) y Grafolita (Gusano de Duraznero y Membrillero). Si bien los resultados de control han sido variables de acuerdo a las condiciones del año, entre otros factores; se ha logrado, en promedio, una disminución en la incidencia de daños causado por Lepidopteros plaga. Asimismo se ha logrado disminuir el uso de controladores químicos, significando en una reducción en el impacto ambiental de la producción nacional de frutas de hojas caducas.

La Ley 19924 (Ley de Presupuesto Nacional Ejercicio 2020-2024) del 20 de diciembre del año 2020, en su artículo 284, establece que el titular de una explotación frutícola tendrá la obligación de arrancar aquellos montes abandonados instalados en su unidad de producción; y que por el estado en que se encuentren constituyan un riesgo fitosanitario y foco para la propagación de plagas y enfermedades, ocasionando perjuicios para los montes vecinos y en producción. Esta norma se encuentra en etapa de reglamentación.

La temporada 2022/2023 estuvo pautada por una sequía extrema que condujo a que el MGAP (Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca) declarara el estado de Emergencia Agropecuaria, aún vigente. Dicha sequía, histórica para nuestro país, provoco perdidas en los niveles de productividad de los montes frutales de hoja caduca y en la calidad de la fruta; al igual que la aparición de montes con pérdida de plantas o muy comprometidas para poder alcanzar una brotación normal en la próxima primavera. Esta observación es ratificada por la información proporcionada por productores participantes del Manejo Regional de Plagas en consultas realizadas a través de una encuesta efectuada en el mes de mayo. Todo lo señalado anteriormente pone a los productores ante la decisión, necesaria pero al mismo tiempo difícil, de arrancar esos montes con problemas en un momento crítico desde el punto de vista de los ingresos económicos de dichas unidades productivas. Asimismo es interés de DIGEGRA que estos montes no alcancen una situación de abandono o “riesgo sanitario”; para lo cual se hace necesaria una intervención rápida.

La situación de Emergencia Climática afectó y afecta por igual a todos los subsectores del agro nacional; y entre otras, una consecuencia ha sido la perdida de los stocks forrajeros con los cuales los productores lecheros y/o ganaderos normalmente afrontan los momentos de déficit de alimentos. A esto se suman la paulatina aparición de emprendimientos que intentan combinar la producción frutícola con una ganadera, más o menos intensiva. Sin dejar de señalar, lo recomendable que es incluir la implantación de pasturas como una medida de manejo ultra probada, tras la búsqueda de mejorar las características físicas y químicas de nuestro suelos.

Por todo lo anteriormente expuesto, se entiende oportuno promover instrumentos que faciliten la eliminación de aquellos montes que se encuentran en la situación descripta, antes de que:

a. Los mismos se transformen en “abandonados” o de “riesgo sanitario” y sean pasibles de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 284 de la Ley 19924.

b. La disminución en los ingresos de los productores, causada por la sequía, sea un impedimento para aplicar las mejores medidas de manejo; y aquellas recomendables desde el punto de vista productivo y sanitario.

2. OBJETIVOS.

2.1 Objetivo General Impedir que aquellos montes afectados por la sequía extrema de la temporada 2022/2023 y/o con bajos niveles de producción alcancen un estado de “montes abandonados” o de “riesgo sanitario”.

2.2 Objetivos Específicos.

1. Promover el arranquío de montes frutales de hoja caduca, en apoyo a: a. el Programa de Manejo Regional de Plaga y los resultados alcanzados. b. el mantenimiento de un status sanitario general.

2. Apoyar económicamente, a través del Fondo de Fomento de la Granja, a los fruticultores que; comprendidos por el objetivo general de la presente convocatoria, paralelamente pasan por la consecuencia de una sequía extrema que sigue afectando al país.

3. Apoyar propuestas que: identificando, ante la coyuntura ya descripta, en la producción de forrajes una oportunidad de negocio para aquellos productores que deciden la eliminación de al menos parte de sus montes frutales; presenten un plan de inversiones y planificación de actividades acorde y en concordancia con las bases de la presente convocatoria.

4. Aumentar la eficiencia en el uso de los recursos del FFG en lo que refiere a los costos del Programa de Manejo Regional de Plagas y subsidio a la contratación de pólizas con el BSE.

3. INSTRUMENTOS A APLICAR.

La presente convocatoria dejara disponibles dos instrumentos de apoyo en función de los objetivos planteados y la justificación presentada:

COMPONENTE 1: Arranquio en frutales de hoja caduca.

COMPONENTE 2: Redes de producción y gestión de sistemas forrajeros.

Las propuestas podrán involucrar a ambos COMPONENTES 1 y 2 en forma paralela; o solo al COMPONENTE 1 de la presente convocatoria.

No se aceptaran propuestas que únicamente vayan dirigidas al COMPONENTE 2.

Las propuestas podrán ejecutarse por parte de una única organización de productores o, a través de la asociación de dos o más organizaciones. El objetivo será siempre la búsqueda de potenciar la propuesta; así como de complementarse en el uso de los recursos que se disponen, o de aquellos que se incorporen con los apoyos que otorgue esta convocatoria, al igual que las acciones/actividades que se promuevan.

4. BENEFICIARIOS.

De los productores: Productores con área frutícola declarada, y actualizada al 2023, en el RNFH; y tengan en su predio montes frutales en condiciones de deterioro productivo causado por la sequía extrema de la temporada 2022/2023, en virtud de lo cual decidan erradicar esos montes. En este caso no será considerado el arranquío de montes frutales de una propiedad/campo vecino.

De las organizaciones patrocinantes: Las propuestas deberán estar patrocinadas por organizaciones de productores con reconocida presencia en el territorio. Para la presente convocatoria podrán existir dos formas de participación por parte de las organizaciones de productores:

a. Organización patrocinante ejecutora: Sera aquella organización de productores que asume la responsabilidad de cumplir con la total ejecución de la propuesta; incluyendo su coordinación y seguimiento, así como los aspectos administrativos y de gestión: presentación de documentación, rendiciones contables, informes técnicos, y todo aquello que se especifique en las bases de este llamado y/o sea oportunamente solicitado por la DIGEGRA-MGAP.

b. Organización patrocinante socia: Sera/n aquella/s que acompañara/n y colaborara/n con la organización patrocinante ejecutora, durante la puesta en marcha de la propuesta, aportando recursos ya disponibles (equipamiento, logística, conocimientos y/o experiencias previas, etc.); así como colaborar en tareas concernientes a su ejecución. Podrá/n actuar como nexo, con la organización patrocinante ejecutora, a los efectos de que sus productores socios puedan calificar y participar en el COMPONENTE 1 de esta convocatoria.

Los apoyos de tipo económico (no retornable y/o retornable) serán transferidos, solo y únicamente, a la organización patrocinante ejecutora; y por tanto será la responsable de gestionar y rendir los mismos ante la DIGEGRA-MGAP.

4.1 Requisitos

4.1.1 Productores - Inscribirse con todos los datos que se soliciten a través de una Organización Patrocinante Ejecutora. - No tener incumplimientos o deudas vencidas con la DIGEGRA-MGAP. - Tener el RNFH actualizado en tiempo y forma al año 2023; o en su defecto haber realizado la actualización 2022. No serán considerados aquellos productores/cuadros que nunca se hayan registrado en el RNFH; o su última actualización fuera la de junio de 2021 o anterior. - En el caso de LP (lugares de producción) y/o montes con una última actualización del RNFH en el año 2022 se les realizara un descuento del 10% en el total de los apoyos que les corresponda. - En el caso de LP (lugares de producción) y/o montes con una última actualización del RNFH en el año 2022; o se detecten errores en la actualización 2023, el productor deberá permitir y coordinar con el técnico de DIGEGRA una visita de verificación. - Sera requisito, para todo aquel productor que no sea propietario de la tierra, la presentación de documentación que atestigüe su vinculación jurídica con el bien; así como un acuerdo de partes con el propietario de la tierra, señalando mutua conformidad con la realización del arranquío. El mismo debe estar consignado por escribano. Dicha documentación será exigible al momento de inscribirse ante la organización patrocinante. - Vinculación con el bien en donde se realiza el arranquío (sábana BPS).

4.1.2 Organización patrocinante ejecutora Nuclearán a los productores que declaren su intención de ser beneficiarios de este llamado; actuando como patrocinantes del COMPONENTE 1 + COMPONENTE 2, o en su defecto, solo el COMPONENTE 1 de la presente convocatoria.

Para ello deberán:

 Completar el formulario (Anexo I) que se adjunta a la convocatoria y seguir el procedimiento de declaración y documentación que se especifica en el punto 7.1 de estas bases.

 No tener incumplimientos o deudas con la DIGEGRA-MGAP.

 Presentar, en caso de corresponder, Informe de Rendición de Cuentas (IRC) por los fondos recibidos por concepto de apoyo al COMPONENTE 2 de la propuesta; en cumplimiento con el Artículo 132 del TOCAF, y la Ordenanza 77/1999 del Tribunal de Cuenta de la República.

Documentación exigida a la organización patrocinante ejecutora:

- Certificado de BPS actualizado - Certificado de DGI actualizado - Certificado Notarial - Planilla de inscripción completa, con las firmas de representantes legales de la organización patrocinante ejecutora y las organizaciones socias, si las hubiere. (Documento Excel ANEXO I. - Formulario de solicitud individual de arranquío, firmado por el productor; y acompañado por documentación notarial correspondiente. - Formulario completo de presentación del COMPONENTE 2 de la propuesta (si corresponde), en versión impresa y digital; con la firma de representantes legales de la organización patrocinante ejecutora y las organizaciones socias (si las hubiere), en todas sus hojas. (Anexo II). - En el caso de que se proponga la asociación de dos o más organizaciones de productores se deberá presentar un acuerdo/contrato por escrito con un plazo de validez mínimo de 5 años, firmado por los respectivos representantes legales.

Dicho acuerdo/contrato debe explicitar:

o Objetivos y/o cometidos del acuerdo.

o Plazos de ejecución de ese acuerdo.

o Cuáles son los compromisos que asume cada organización involucrada (incluyendo lo que refiere a logística, maquinaria, equipos; como también a recursos humanos y/o económicos/financieros). o Derechos y obligaciones de ambas organizaciones. o En relación a los bienes que se adquieran, con los apoyos de DIGEGRA previstos en esta convocatoria, se explicite:

 Plena conformidad de todas las partes en cuanto a que los mismos no podrán ser enajenados durante un período mínimo de 5 años.

 Que una vez cumplidos los 5 años; y en caso de que la organización patrocinante ejecutora decida enajenar o ceder dichos bienes, se establezca una prioridad a favor de alguna de las organizaciones socias.

Documentación exigida a la organización patrocinante socia: - Certificado de BPS actualizado - Certificado de DGI actualizado - Certificado Notarial. - Acuerdo/contrato con organización patrocinante ejecutora.

5. COMPONENTE 1: ARRANQUIO DE FRUTALES DE HOJA CADUCA Se otorgara un apoyo económico a aquellos productores que, de acuerdo a las bases de esta convocatoria, se presenten declarando su intención de erradicar montes frutales de hoja caduca.

5.1 Apoyos al COMPONENTE 1

Se instrumentara un apoyo inicial por hectárea de $ 60.000, para montes de hasta 1000 plantas/ha. Se otorgará un apoyo extra para montes de más de 1000 plantas/há. de $U 15.000/há.

Se entiende por arranquío completo el: arranquío de troncos, trozado de la leña/madera resultante y retirado de esa leña a una zona alejada del cuadro (evitando se constituya en fuente de inóculo); finalizando con el retirado de restos de raíces.

Se exhorta a los productores beneficiarios a realizar un manejo responsable del recurso suelo. Para ello, luego del arranquío y sin importar el uso posterior del mismo, se promoverá y apoyara que se realice la siembra de al menos un verdeo (estival o invernal); previo a la instalación de cualquier otro cultivo o de dejar en descanso el campo. Esta siembra tiene como objetivo: - No dejar cuadros con suelo desnudo protegiéndolo de la erosión, mejorar su estructura y fertilidad natural. - Dejar a ese suelo en condiciones óptimas para la posterior instalación de cultivos; tanto sea hortícolas, frutícolas, como forrajeros.

Se otorgara un monto complementario máximo de $U 15.000/há. para quienes cumplan con esta exhortación, y una vez completado el arranquío, ejecuten correctamente la siguiente secuencia de acciones sobre el suelo: - Laboreo del suelo, sistematización del cuadro intervenido. - Preparación de una correcta cama de siembra, fertilización y siembra de un verdeo previo. Este verdeo deberá estar instalado (semilla germinada y con un crecimiento mínimo de 15 cm. de altura), como último plazo, al 30 de abril de 2024. La misma será auditada por el equipo de DIGEGRA en sus visitas al predio.

Otros Apoyos

- Apoyo a los costos incurridos en la documentación notarial del acuerdo entre partes para arranquío de montes frutales en predios en donde el solicitante no es propietario: hasta $U 3800.

- Apoyo para hacer frente a costos de administración para las organizaciones patrocinantes ejecutoras de $U 1800/ productor participante del COMPONENTE 1.

5.2 Desembolsos del COMPONENTE 1.

Desembolso 1: Se desembolsará el 70% del monto inicial + extra (máximo $U 52.500/há), correspondiente al arranquío de cada productor participante del COMPONENTE 1 de la propuesta; y un 50% de Gastos Administrativos, al momento de la firma del convenio.

Desembolso 2: El saldo del 30% (inicial + extra); sumado al monto complementario por siembra de verdeo, en caso de corresponder. Se desembolsará al momento de verificarse que efectivamente se completó el arranquío y se instaló el verdeo correspondiente. A este desembolso se le agregara el 50% correspondiente a Gastos Administrativos y el 100% de apoyo a la documentación notarial presentada por los productores.

Desembolso 3: Corresponderá al saldo que quede pendiente de entregar en función del grado de cumplimiento de lo propuesto por parte de los productores participantes. A tales efectos y con el objetivo de planificar los momentos de desembolsos; se dispondrá el siguiente cronograma de ejecución de etapas del COMPONENTE 1, con la correspondiente auditoría previa de DIGEGRA:

- Setiembre 2023: Firma de convenios y primer desembolso.

- Diciembre 2023/ Enero 2024: Auditoria arranquío e instalación verdeo estival. Segundo desembolso.

- Marzo/Abril 2024: Auditoria final para quienes instalan verdeo invernal. Desembolso del saldo.

Moneda: los desembolsos se harán en pesos uruguayos.

Los mencionados apoyos serán financiados por el Fondo de Fomento de la Granja, MGAP-DIGEGRA.

DIGEGRA se reservara la potestad de realizar las visitas a predio que entienda pertinentes a efectos del cumplimiento de lo establecido en los puntos anteriores.

5.3 Rendición del COMPONENTE 1. El 100% de los montos destinados a apoyo a productores por arranquío se rendirán contra informe final positivo del técnico evaluador de DIGEGRA. Se deberá presentar rendición parcial de los Desembolsos 1 y 2; por los fondos recibidos por concepto de: Gastos Administrativos y Gastos Notariales para el COMPONENTE 1 de la propuesta. En cumplimiento con el Artículo 132 del TOCAF, y la Ordenanza 77/1999 del Tribunal de Cuenta de la República. No se realizaran desembolsos sin la rendición parcial correspondiente al desembolso anterior.

6. COMPONENTE 2: REDES DE PRODUCCION Y GESTION DE SISTEMAS FORRAJEROS.

Este COMPONENTE 2 está alineado con el Objetivo 3 de la convocatoria apoyando propuestas que tengan como parte de sus objetivos específicos:

a. Promover la organización de grupos de productores a efectos de: i. un más fácil y eficiente acceso al asesoramiento técnico-productivo, al menos en las primeras etapas de instalación; para aquellos productores que decidan la siembra de pasturas permanentes, luego del arranquío total o parcial de sus montes frutales. ii. facilitar la colocación final del producto obtenido (fardos, corte fresco, pastoreo, semillas, etc.).

b. Hacer disponible a estos productores, a través de las organizaciones, la tecnología necesaria para cada una de las etapas del cultivo: sembradora, cegadora, rastrillo, enfardadora, trilladora, ensiladora/embolsadora, etc. Para ello se solicitara y evaluara la presentación de una Planificación a dos años; en la cual conste como mínimo: i. Un detalle de a cual o cuales de los objetivos señalados en el párrafo anterior apunta la propuesta. ii. Cuáles son las acciones que se llevaran adelante para el cumplimiento de los objetivos propuestos. iii. Plan de inversiones detallando: conceptos, momento y monto en $U (se incluye en el formulario COMPONENTE 2 – Anexo II). iv. Plan de asesoramiento técnico (se incluye en el formulario COMPONENTE 2 – Anexo II).

6.1 Apoyos al COMPONENTE 2.

Apoyos económicos. Los apoyos estarán destinados a:

a. Plan de inversiones propuesto y aprobado. En este caso los apoyos serán escalables en correlación al número de productores y superficie de praderas involucradas a la propuesta: Inversiones: un máximo de $U 200.000 cada 10 hás. de praderas permanentes efectivamente implantadas en el plan; con un tope de $U 1.000.000 por propuesta. DIGEGRA verificara mediante visitas a predios la implantación efectiva de las praderas permanentes en los plazos y condiciones previstas por esta convocatoria.

b. Asistencia Técnica. i. Para la formulación del COMPONENTE 2 de este llamado con un monto de $U 21.000 IVA incluido por propuesta. ii. Para la etapa de siembra y posterior primer año desde la instalación de la pradera permanente; y en exclusividad para aquellos productores que también participen del COMPONENTE 1 de esta convocatoria. Se destinara un monto máximo equivalente a 1,5 jornadas técnicas/productor/año ($U 12.600 IVA y viáticos incluidos) a los efectos de que reciban asesoramiento técnico para el seguimiento de las etapas de: preparación de suelo (pos arranquío), fertilización, siembra, control de malezas durante la instalación, primeros cortes y/o manejo de la pradera durante los primeros meses de instalación (desde el mes de firma del convenio hasta diciembre del año 2024). Se valoraran especialmente aquellas propuestas que planifiquen esta actividad con una dinámica de trabajo grupal.

c. Gastos notariales: para aquellas propuestas que asocien dos o más organizaciones; se le otorgara un apoyo a los costos incurridos por concepto de contrato de acuerdo entre partes. El apoyo será de un máximo de $U 8000 por propuesta.

Apoyo técnico. En conjunto con el Plan Agropecuario se ejecutara un plan de capacitaciones dirigida a productores que decidan participar y beneficiarse de este COPONENTE 2.

6.2 Desembolsos para el COMPONENTE 2.

El monto y momento del desembolso para el apoyo en inversiones estará supeditado a la verificación a campo de la siembra y correcta instalación de las praderas. Los técnicos de DIGEGRA verificaran la superficie de praderas efectiva y correctamente implantadas.

Desembolso 1: Al momento de la firma del convenio: 100% Formulación; 100% gastos administrativos; 40% Asistencia Técnica.

Desembolso 2: Una vez culminada la etapa de verificación del grado de cumplimiento del COMPONENTE 2: 30% Asistencia Técnica; y para el plan de inversiones, el monto que corresponda al grado de avance en la ejecución del COMPONENTE 2 ($U200.000 cada 10 hectáreas de praderas permanentes efectivamente instaladas), con un máximo equivalente al 80% del monto total de inversiones presupuestadas. En esta instancia, y a los efectos del desembolso correspondiente a asistencia técnica, se valorara especialmente: - La participación de los productores en las actividades de capacitación a las cuales DIGEGRA convoque, con la colaboración del Plan Agropecuario. - La adopción de una dinámica de trabajo en grupos, que involucre al sistema de producción forrajero.

Desembolso 3: Para inversiones, el saldo que corresponda al avance de ejecución logrado al momento de la auditoria final (noviembre-diciembre 2024); y el saldo de 30% de asistencia técnica.

A tales efectos se dispondrá el siguiente cronograma de ejecución de etapas del COMPONENTE 2, con la correspondiente auditoría previa de DIGEGRA: - Marzo 2024 – Abril 2024: Primera verificación de ejecución del COMPONENTE 2. - Noviembre 2024 – Diciembre 2024. Verificación final de ejecución del COMPONENTE 2.

INDEFECTIBLEMENTE, aquello que no se encuentre ejecutado/cumplido al momento de la auditoria final (Diciembre 2024) no generará el apoyo económico correspondiente; procediéndose al cierre del plan, con previa presentación y aprobación de IRC final.

Los mencionados apoyos serán financiados por el Fondo de Fomento de la Granja, MGAP-DIGEGRA; de acuerdo a lo resuelto por la Junta Nacional de la Granja en su sesión del día 10 de julio de 2023, y en uso de las potestades que le confiere el Art. 4to de la Ley 17.503: CREACION DEL FONDO DE FOMENTO DE LA GRANJA.

6.3 Rendición del COMPONENTE 2.

Se deberá presentar:

a. Rendición parcial de los Desembolsos 1 y 2 del COMPONENTE 2.

b. Informe de Rendición de Cuentas (IRC) para el cierre del plan por los fondos recibidos por concepto de apoyos a COMPONENTE 1 y COMPONENTE 2 de la propuesta.

En cumplimiento con el Artículo 132 del TOCAF, y la Ordenanza 77/1999 del Tribunal de Cuenta de la República. No se realizaran desembolsos sin la rendición parcial correspondiente al desembolso anterior, o ante la detección de un incumplimiento en la ejecución del COMPONENTE 1 de la propuesta.

7. PRESENTACIÓN Y EVALUCIÓN DE LAS PROPUESTAS. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

7.1 Proceso de Evaluación.

a. Las Organizaciones de Productores que decidan actuar en calidad de PATROCINANTE EJECUTORA deberán presentar el FORMULARIO – ANEXO I con la información que deberán recabar de aquellos productores interesados en participar del COMPONENTE 1 de esta convocatoria. Este formulario deberá ser firmado por el represéntate legal de cada una de las organizaciones involucradas en la propuesta; y enviado a DIGEGRA en formato digital (al mail: direcciondelagranja@mgap.gub.uy) y formato papel a través de alguna de nuestras agencias zonales. Los productores incluidos en dicho listado podrán estar vinculados a la ORGANIZACIÓN PATROCINANTE EJECUTORA o a alguna/s de las ORGANIZACIONE/s PATROCINANTE/s SOCIA/s y se deberá especificar. El plazo para enviar/entregar este listado finalizara el lunes 31 de julio de 2023 a las 15:30 hs.

b. Estos listados serán recibidos por DIGEGRA para: i. la revisión de antecedentes, tanto de las organizaciones patrocinantes (ejecutora y/o socia), como de los productores solicitantes. ii. en base a la información disponible en el RNFH generar una solicitud de arranquío individual, que será enviada a la ORGANIZACIÓN EJECUTORA (en formato electrónico).

c. Los productores deberán asistir a la ORGANIZACIÓN PATROCINANTE para: i. completar dicha solicitud individual y firmarla. ii. entregar la sábana de BPS en caso de ser propietario del padrón en donde se realizara el arranquío. iii. entregar acuerdo de partes con certificado notarial en caso de no ser propietario del padrón en donde realizara el arranquío. Si las organizaciones y/o productores involucrados en la propuesta tuviera alguna deuda o incumplimiento con el FFG se le comunicará en este mismo momento. La ORGANIZACIÓN PATROCINANTE tendrá hasta el viernes 18 de agosto del 2023 para entregar estos formularios firmados, y toda la documentación anexa correspondiente, en las agencias zonales de DIGEGRA; donde se dará ingreso y revisará, de acuerdo al cumplimiento de una correcta presentación.

d. Paralelamente, y en caso de corresponder, la ORGANIZACIÓN PATROCINANTE EJECUTORA y la/s ORGANIZACIONE/s PATROCINANTE/s SOCIA/s tendrán plazo hasta el lunes 4 de setiembre de 2023 a las 15:30 hs. para la presentación del FORMULARIO ANEXO II relacionado al COMPONENTE 2 de este llamado. Estos formularios firmados, y con Timbre Profesional valor $U 570, deberán entregarse únicamente en las Agencias Zonales de la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) del MGAP. Se deberá entregar una copia impresa del formulario de presentación; y se enviará en formato digital al mail correspondiente a la Agencia Zonal, en la cual se entrega la documentación, y al de UAPAG (mbuschiazzo@mgap.gub.uy y emoreno@mgap.gub.uy ). No se aceptarán formularios fuera de plazo o con documentación insuficiente en relación a la solicitada en la presente convocatoria.

e. Las propuestas pasaran por la consideración de un Tribunal Técnico el cual podrá proponer los cambios que estime necesarios para la viabilidad del Plan, así como citar a quien/es lo elaboraron para que sea presentado ante el comité de evaluación y o se den más detalles de los objetivos propuestos y las necesidades de apoyo. El Tribunal podrá recomendar límites a los montos de apoyo propuestos, en función de las demandas del proyecto y los fondos disponibles para esta convocatoria.

f. Superada la instancia anterior, las solicitudes serán elevados a la Comisión Técnica del FFG quien, tomando en consideración lo informado por la Unidad de proyectos y del RNFH, eleva un informe a la Junta Nacional de la Granja (JUNAGRA) para que asesore al Ministro sobre su aprobación.

g. La aprobación o negativa a la solicitud se notificará a la organización patrocinante ejecutora a través de la Agencia DIGEGRA de su zona.

h. Los pagos se realizará en forma directa a la cuenta bancaria de la organización patrocinante ejecutora.

i. El COMPONENTE 1 del plan deberá estar ejecutado completamente al 31 de diciembre de 2023, en su etapa ARRANQUIO; y al 30 de abril del 2024, en su etapa SIEMBRA VERDEO. Se dará por cumplido luego de las auditorías en predio que se realizarán por parte de los equipos técnicos de Agencias para verificar la correcta ejecución del mismo. El técnico verificador emitirá un informe de auditoría el cual será remitido a DIGEGRA Central para la evaluación definitiva.

j. El COMPONENTE 2 del plan deberá estar ejecutado completamente al 31 de diciembre de 2024 y concluirá luego de las auditorías en predio que se realizarán por parte de los equipos técnicos de Agencias para verificar la correcta ejecución del mismo. El técnico verificador emitirá un informe de auditoría el cual será remitido a DIGEGRA Central para la evaluación definitiva.

7.2 Ejecución y Seguimiento

Las solicitudes aprobadas, así como la utilización de los fondos otorgados, estarán sujetos a seguimiento de DIGEGRA. DIGEGRA realizará tareas de monitoreo de todas las acciones propuestas en el plan; y solicitará la información técnica que estime pertinente, durante el período de ejecución del mismo y hasta su finalización. De no poder realizarse alguna de las auditorías, sin importar el motivo, el plan podrá considerarse no ejecutado con la consiguiente solicitud de reintegro de fondos a la organización patrocinante ejecutora.

7.1 Consultas

Por consultas sobre esta convocatoria dirigirse a nuestras oficinas zonales de DIGEGRA.

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