Dirección General Forestal
El marco institucional del Sector Forestal está dado por los Arts. 2° y 4° de la Ley Nro.15939, en los cuales se establece que la política forestal nacional será formulada y ejecutada por el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca y su órgano ejecutor será la Dirección General Forestal de dicho Ministerio.
Cometidos Sustantivos
- La Dirección General Forestal tiene como cometido la ejecución de la política forestal.
- Propender al logro del Manejo Forestal Sostenible a partir de la defensa, el mejoramiento, la ampliación y la creación de recursos forestales, el desarrollo de las industrias forestales y en general de la economía forestal.
- Estudiar y planificar el desarrollo forestal tanto en tierras públicas como privadas de acuerdo a la Ley Forestal 15.939.
- Organizar la protección de los Bosques contra enfermedades e incendios y coordinar con los gobiernos departamentales la aplicación de la Ley 15.939 y decretos reglamentarios.
- Desarrollar tareas de experimentación en el campo de la ecología forestal, la explotación y las industrias forestales, en coordinación con las actividades que en este campo desarrollen otras instituciones.