Resolución N° 32/022 DGDR Renovación de inscripción y habilitación de COOPESCONAND en el RENAOH

Apruébese la renovación de la inscripción y habilitación de COOPESCONAND en el RENAOH por un plazo de tres años.

VISTO: La solicitud de renovación de la inscripción y habilitación de la Cooperativa Pesquera de Consumo Andresito (COOPESCONAND), en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

RESULTANDO: I) que COOPESCONAND, ha presentado informe de ventas al Estado bajo el régimen de la Ley 19.292 de 16 de diciembre de 2014, de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de inscripción ante el RENAOH.

                II) que el Comité Técnico, con fecha 22 de agosto de 2022, informa fundadamente y recomienda la renovación de la inscripción y habilitación de la referida organización en el RENAOH, para su posterior aprobación por un plazo de tres años.

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la renovación de la inscripción y habilitación de COOPESCONAND en el RENAOH.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo preceptuado por la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015 y las Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496 de 22 de junio de 2016.

 

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

1º)  Apruébese la renovación de la inscripción y habilitación de COOPESCONAND en el RENAOH por un plazo de tres años.

2º) Notifíquese a COOPESCONAND, a la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), al Área de Integración sociolaboral del Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos.

3º) Publíquese en el diario oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

4º) Cumplido, archívese.

VISTO: La solicitud de renovación de la inscripción y habilitación de la Cooperativa Pesquera de Consumo Andresito (COOPESCONAND), en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

RESULTANDO: I) que COOPESCONAND, ha presentado informe de ventas al Estado bajo el régimen de la Ley 19.292 de 16 de diciembre de 2014, de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de inscripción ante el RENAOH.

                               II) que el Comité Técnico, con fecha 22 de agosto de 2022, informa fundadamente y recomienda la renovación de la inscripción y habilitación de la referida organización en el RENAOH, para su posterior aprobación por un plazo de tres años.

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la renovación de la inscripción y habilitación de COOPESCONAND en el RENAOH.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo preceptuado por la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015 y las Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496 de 22 de junio de 2016.

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

1º)  Apruébese la renovación de la inscripción y habilitación de COOPESCONAND en el RENAOH por un plazo de tres años.

2º) Notifíquese a COOPESCONAND, a la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), al Área de Integración sociolaboral del Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos.

3º) Publíquese en el diario oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

4º) Cumplido, archívese.

 

Ing. Agr. Carlos Rydström

Director de la Dirección Gral. Desarrollo Rural

MGAP

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