Acta N° 64/2026

Acta de resolución

13/10/2026

Asamblea Comunidad Educativa Unidad N.° 5 del Instituto Nacional de Rehabilitación | Montevideo

Fecha: 13/10/2026
Hora de inicio: 10:00
Hora de finalización: 12:00
Lugar de realización: Camino Punta de Rieles esq. Camino Dionisios

Quórum: 30 personas

Elección de delegados/as: 1 titular y 1 alterno/a.
Mociones de resolución aprobadas
Cantidad: 16
N.º de moción Eje 1: La educación como derecho
1 Disponer de más cupos en la unidad nro 5, que se disponga de más espacios educativos, que se realice una extensión de horas de actividad educativa, con doble horario y doble turno.
2 Propuestas de educación formal los meses de verano, que se disponga de más capacitación laboral durante el año y se realice una diversificación de talleres.
3 Cambios en la organización que permitan la llegada y la democratización de la información, que garantice la continuidad educativa y el seguimiento de las trayectorias.
4 Que exista garantía de las condiciones básicas para los espacios educativos lo que implica más recursos materiales como Internet, materiales para talleres, útiles escolares, libros…
5 Garantizar el acceso a la cultura a través de más propuestas recreativas y artísticas.
6 Espacios de participación e información que atiendan necesidades específicas y colectivas en relación a la educación en privación de libertad.
7 Redención de pena por carga horaria de participación en los espacios educativos, por procesos y acreditación para todos los niveles educativos; así como de todas las tareas de referencia educativa asumidas por las personas privadas de libertad.
8 Clases de apoyo, posibilidad de dar exámenes libres, tutorías y otras otras formas de acompañar el aprendizaje.
9 Resurgir viejos convenios y proponer nuevos convenios educativos y laborales; por ejemplo del convenio MEC- INR y Museo del Carnaval, actividades de reparación de espacios públicos con Intendencia de Canelones, INEFOP y otros.
10 Talleres de género, sexualidad, y atención a la discriminación.
11 Establecer un límite de seis meses máximo de tiempo de espera para que una persona pueda participar de una actividad educativa. Cumplimiento del mismo y seguimiento de ese plazo. Revisar y modificar los criterios del decreto 407.
12 Que las referentes educativas puedan sacar a las estudiantes y participar en decisiones en el orden de prelación de las personas postulantes a los cupos de los espacios educativos.
13 Garantía de que los actos administrativos para las salidas transitorias, que deban ser autorizadas por el juez, se envíe la información a los juzgados en tiempo y forma. Además que la devolución de la resolución del juez a la persona privada de libertad también sea informada en los tiempos que pueda hacerse efectivo el goce de la solicitud.
14 Permitir que personas privadas de libertad con conocimientos acreditados puedan impartir talleres educativos, recreativos y artísticos.
15 Instalar en la Unidad N°5 asamblea de todo el cuerpo estudiantil con frecuencias mensuales que se centre en la construcción del perfil estudiantil, la organización de la comunicación, colaboración en el espacio educativo, entre otros.
16 Se deja constancia de la falta de representación del colectivo de mujeres trans en la asamblea y se hace explícito que es un colectivo que está viendo afectado su derecho a la educación y otros derechos fundamentales desde el cambio a la unidad 5.