Acta N° 64/2026
Acta de resolución
Asamblea Comunidad Educativa Unidad N.° 5 del Instituto Nacional de Rehabilitación | Montevideo
Fecha: 13/10/2026
Hora de inicio: 10:00
Hora de finalización: 12:00
Lugar de realización: Camino Punta de Rieles esq. Camino Dionisios
Quórum: 30 personas
Elección de delegados/as: 1 titular y 1 alterno/a.
Mociones de resolución aprobadas
Cantidad: 16
| N.º de moción | Eje 1: La educación como derecho |
|---|---|
| 1 | Disponer de más cupos en la unidad nro 5, que se disponga de más espacios educativos, que se realice una extensión de horas de actividad educativa, con doble horario y doble turno. |
| 2 | Propuestas de educación formal los meses de verano, que se disponga de más capacitación laboral durante el año y se realice una diversificación de talleres. |
| 3 | Cambios en la organización que permitan la llegada y la democratización de la información, que garantice la continuidad educativa y el seguimiento de las trayectorias. |
| 4 | Que exista garantía de las condiciones básicas para los espacios educativos lo que implica más recursos materiales como Internet, materiales para talleres, útiles escolares, libros… |
| 5 | Garantizar el acceso a la cultura a través de más propuestas recreativas y artísticas. |
| 6 | Espacios de participación e información que atiendan necesidades específicas y colectivas en relación a la educación en privación de libertad. |
| 7 | Redención de pena por carga horaria de participación en los espacios educativos, por procesos y acreditación para todos los niveles educativos; así como de todas las tareas de referencia educativa asumidas por las personas privadas de libertad. |
| 8 | Clases de apoyo, posibilidad de dar exámenes libres, tutorías y otras otras formas de acompañar el aprendizaje. |
| 9 | Resurgir viejos convenios y proponer nuevos convenios educativos y laborales; por ejemplo del convenio MEC- INR y Museo del Carnaval, actividades de reparación de espacios públicos con Intendencia de Canelones, INEFOP y otros. |
| 10 | Talleres de género, sexualidad, y atención a la discriminación. |
| 11 | Establecer un límite de seis meses máximo de tiempo de espera para que una persona pueda participar de una actividad educativa. Cumplimiento del mismo y seguimiento de ese plazo. Revisar y modificar los criterios del decreto 407. |
| 12 | Que las referentes educativas puedan sacar a las estudiantes y participar en decisiones en el orden de prelación de las personas postulantes a los cupos de los espacios educativos. |
| 13 | Garantía de que los actos administrativos para las salidas transitorias, que deban ser autorizadas por el juez, se envíe la información a los juzgados en tiempo y forma. Además que la devolución de la resolución del juez a la persona privada de libertad también sea informada en los tiempos que pueda hacerse efectivo el goce de la solicitud. |
| 14 | Permitir que personas privadas de libertad con conocimientos acreditados puedan impartir talleres educativos, recreativos y artísticos. |
| 15 | Instalar en la Unidad N°5 asamblea de todo el cuerpo estudiantil con frecuencias mensuales que se centre en la construcción del perfil estudiantil, la organización de la comunicación, colaboración en el espacio educativo, entre otros. |
| 16 | Se deja constancia de la falta de representación del colectivo de mujeres trans en la asamblea y se hace explícito que es un colectivo que está viendo afectado su derecho a la educación y otros derechos fundamentales desde el cambio a la unidad 5. |
